REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL Y MERCANTIL
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA. Mérida, veintiséis de mayo del dos mil seis.
196º y 147º
El Tribunal de oficio ordena realizar un cómputo de los días de despacho transcurridos en el proceso, desde el día 02 de marzo del 2.006, exclusive, fecha en que se admitieron las pruebas promovidas en el proceso, tal y como consta del folio 55 del expediente, comenzado a correr el lapso legal de evacuación, hasta el día de hoy, inclusive, a los fines de determinar si el lapso de evacuación de pruebas establecido en el artículo 400 del Código de Procedimiento Civil, venció y fijar la causa para Informes conforme lo previsto en el artículo 511 ejusdem, y así se decide.
EL JUEZ TEMPORAL,
ABG. JUAN CARLOS GUEVARA L.
LA SECRETARIA ACCIDENTAL,
ABG. AMAHIL ESCALANTE NEWMAN.
La suscrita, ABG. AMAHIL ESCALANTE NEWMAN, SECRETARIA ACCIDENTAL del JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, HACE CONSTAR: Que conforme lo ordenado en el auto que antecede y según consta de los asientos del Libro Diario del Tribunal, paso a efectuar el cómputo ordenado de los de los días de despacho transcurridos en el proceso, desde el 02 de marzo del 2.006, exclusive, fecha en que se admitieron las pruebas promovidas en el proceso, tal y como consta del folio 55 del expediente, comenzado a correr el lapso legal de evacuación, hasta el día de hoy, inclusive, observándose que han transcurridos CUARENTA Y UN (41) DÍAS DE DESPACHO, siendo esos días los transcurridos el viernes 03, lunes 06, martes 07, miércoles 08, jueves 09, viernes 10, miércoles 22, jueves 23, viernes 24, lunes 27, martes 28, miércoles 29, jueves 30, viernes 31 de marzo, lunes 03, martes 04, miércoles 05, jueves 06, viernes 07, lunes 10, martes 11, lunes 17, martes 18, jueves 20, viernes 28 de abril, martes 02, miércoles 03, jueves 04, viernes
05, miércoles 10, jueves 11, viernes 12, lunes 15, martes 16, miércoles 17, jueves 18, viernes 19, lunes 22, miércoles 24, jueves 25 y viernes 26 de mayo del 2.006. Conste. Mérida, veintiséis de mayo del dos mil seis.
LA SECRETARIA ACCIDENTAL,
ABG. AMAHIL ESCALANTE NEWMAN.
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA. Mérida, veintiséis de mayo del dos mil seis.
196º y 147º
Por cuanto del cómputo anterior hecho, se desprende que el lapso de evacuación de pruebas de la presente causa conforme lo establecido en el artículo 400 del Código de Procedimiento Civil, se encuentra totalmente vencido y la causa paralizada. En consecuencia, el Tribunal ordena notificar de ello a las partes, de conformidad con el artículo ejusdem, haciéndoles saber que los INFORMES en el proceso conforme lo establecido en el artículo 511 de la norma adjetiva, se verificarán en el DÉCIMO QUINTO DÍA DE DESPACHO siguiente aquel en que conste de autos las resultas de la última notificación ordenada, pasados que sean diez días consecutivos, en cualquiera de las horas de despacho señaladas en la tablilla de este Juzgado, debiendo las partes en el proceso presentarlos por medio de escrito. Líbrense boletas de notificación y así se decide.
EL JUEZ TEMPORAL,
ABG. JUAN CARLOS GUEVARA L.
LA SECRETARIA ACCIDENTAL,
ABG. AMAHIL ESCALANTE NEWMAN.
En la misma fecha se libraron las notificaciones ordenadas (2) y se entregaron a la alguacil del Tribunal para que las haga efectivas.
LA SRIA,
ESCALANTE NEWMAN.