REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL Y MERCANTIL

JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA, Mérida, treinta y uno de Mayo de dos mil seis.-

196º Y 147º
Vista la diligencia de fecha Diecinueve de Mayo de dos mil seis, suscrita por la abogada ESTHER SANCHEZ, con el carácter de apoderada judicial de la parte demandada en el proceso, mediante la cual solicita que previo a la notificación de la parte actora, y de conformidad con el Artículo 12 del Código Orgánico Procesal Penal, solicita una audiencia con el Juez de este Juzgado.- El Tribunal acuerda conforme a lo solicitado y previamente se ordena notificar a la parte demandante en el presente juicio, ciudadana MARQUEZ DE PARRA EMERENGIANA, o en su defecto a su apoderado judicial abogado RAFAEL ANTONIO RIVAS HERNANDEZ, para que comparezca por ante el despacho de este Tribunal en el QUINTO día de despacho siguiente al que conste en autos las resultas de la notificación de la parte demandante, a las TRES DE LA TARDE, para que tenga lugar la audiencia solicitada por la apoderada judicial de la parte demandada abogada ESTHER SANCHEZ, con el Juez Temporal de este Tribunal, de conformidad con el Artículo 12 del código Procesal Penal, el cual dice textualmente: ” Según el Reglamento de la Comisión y Reestructuración del sistema Judicial de fecha 2 de Febrero del 2.000, Artículo 30, Ordinal 9 , señala como causal de suspensión del Juez, recibir dentro o fuera del Tribunal, a una de las partes sin la presencia de la otra, para tratar cuestiones relacionadas con la causa en curso.” , en concordancia con el Código de Ética Profesional del abogado Venezolano, Art. 52, de la Ley Orgánica del Consejo de la Judicatura Art. 38 Numeral 9 y de la Ley Orgánica del Poder Judicial Art. 36 “. Líbrese boleta de notificación y entréguese a la alguacil para que la haga efectiva.-
EL JUEZ TEMPORAL,

ABG. JUAN CARLOS GUEVARA LISCANO
LA SECRETARIA TITULAR,

ABG. AMAHIL ESCALANTE N.

En la misma fecha se libró la boleta de notificación ordenada en el auto anterior y se entregó a la alguacil para que la haga efectiva.

LA SIRIA,
ABG. ESCALANTE N.