REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL Y MERCANTIL

La suscrita, ABG. AMAHIL ESCALANTE NEWMAN, SECRETARIA TITULAR del JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, HACE CONSTAR: Que hoy treinta y uno de mayo del dos mil seis, siendo la última oportunidad legal para que las partes en el proceso presenten sus escritos de INFORMES conforme lo previsto en el artículo 511 del Código de Procedimiento Civil, y siendo las NUEVE Y CINCUENTA Y NUEVE MINUTOS DE LA MAÑANA, horas de despacho, se hicieron presentes los abogados en ejercicio NOEL RODRÍGUEZ YÁNEZ y DAMARIS MOLINA COLMENARES, en su carácter de apoderados actores en el proceso, y consignaron escrito de INFORMES, constante de tres (3) folios, igualmente dejó constancia que siendo las DIEZ Y CINCO MINUTOS DE LA MAÑANA, el ciudadano JOSÉ NICOLAS TORRES, co-demandado en el proceso, debidamente asistido por la abogada en ejercicio LAURA ANGELINA OBANDO UZCATEGUI, consignó también escrito de INFORMES, constante tres (3) folios. En consecuencia, de conformidad con el artículo 107 del Código de Procedimiento Civil, ordenó agregar a los autos para que surta efectos legales en el mismo los escritos de informes presentados en el proceso, hecho lo cual le daré cuenta al Juez conforme a la ley, igualmente dejó constancia que siendo las TRES Y TREINTA MINUTOS DE LA TARDE, horas de despacho y vencidas las mismas, la parte co-demandada ciudadano RAMÓN ALEXIS JAIME, ni por si ni por medio de apoderado no presentó escrito de INFORMES. Conste.

LA SECRETARIA TITULAR,

ABG. AMAHIL ESCALANTE NEWMAN.


















JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA. Mérida, treinta y uno de mayo de dos mil seis.
196° y 147°
Vencido como se encuentra el lapso legal para que las partes en la presente causa presentarán sus INFORMES, de conformidad con el artículo 512 del Código de Procedimiento Civil, y por cuanto se observa que solamente la parte actora y el codemandado JOSÉ NICOLAS TORRES, presentaron Informes en el proceso, más no el codemandado RAMÓN ALEXIS JAIME, se le hace saber a las partes involucradas en este juicio, que a partir del PRIMER DÍA DE DESPACHO siguiente al de hoy, comenzará a correr el lapso legal de OBSERVACIONES a los Informes presentados, conforme lo previsto en el artículo 513 ejusdem, en cualquiera de las horas de despacho señaladas en la tablilla de este Juzgado, y una vez vencido el mismo el Tribunal entrará en términos para decidir el juicio, y así se decide.

EL JUEZ TEMPORAL,

ABG. JUAN CARLOS GUEVARA L.



LA SECRETARIA TITULAR,

ABG. AMAHIL ESCALANTE NEWMAN..