REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL Y MERCANTIL

JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA. Mérida, treinta y uno de mayo del dos mil seis.
196º y 147º
Vista la diligencia anterior, de fecha 25 de mayo del 2.006, suscrita por la abogada en ejercicio REINA TERESA RANGEL, en su carácter de co-apoderada actora en el proceso, mediante la cual solicita se cite a la parte demandada por carteles, de conformidad con el artículo 223 del Código de Procedimiento Civil, en virtud de haber sido imposible su citación personal y vista igualmente la diligencia que obra agregada al folio 14 del presente expediente, de fecha 22 de mayo del 2.006, suscrita por el alguacil de este Tribunal, mediante la cual informa que no logró la citación personal de la parte demandada en la dirección indicada por la parte actora. En consecuencia, el Tribunal acuerda conforme lo solicitado por la diligenciante, en tal virtud, se ordena emplazar a la ciudadana JANITA KEISER, holandesa, mayor de edad, guía turística, número de pasaporte 32142025, de este domicilio y hábil, en su carácter de parte demandada en el proceso, por carteles, de conformidad con el artículo 223 ejusdem, para que comparezca por ante este despacho a darse por citada en el presente proceso, en el término de QUINCE DÍAS DE DESPACHO contados a partir que conste de autos las consignaciones de los diarios donde aparezca publicado el cartel ordenado, el cual debe ser publicado en dos diarios de amplia circulación en el Estado Mérida, a escoger entre Frontera, Los Andes, Cambio de Siglo y/o Pico Bolívar, con el intervalo de ley entre una y otra publicación, o sea, tres días, y que igualmente conste de autos las resultas de la fijación del cartel librado en la morada, oficina o negocio de la parte demandada en el presente juicio, con la advertencia que una vez vencido dicho lapso y que de autos conste haberse cumplido con las formalidades indicadas, se procederá a designarle DEFENSOR JUDICIAL, con quien se entenderá la citación y demás diligencias del presente procedimiento. Líbrense carteles de citación, dos entréguense a la parte interesada para sus publicaciones conforme lo ordenado y otro del mismo tenor fíjese en la morada, oficina o negocio de la parte demandada conforme a la ley. Se advierte a la parte interesada que el cartel de citación librado, debe ser publicado con tamaño de letra no inferior a siete puntos y en tipo de letra helvético, bajo apercibimiento que sino se hace así, el Tribunal no lo dará por legalmente publicado, y así se decide.

EL JUEZ TEMPORAL,

ABG. JUAN CARLOS GUEVARA L.







LA SECRETARIA TITULAR,

ABG. AMAHIL ESCALANTE NEWMAN.
En la misma fecha se libraron los carteles de citación solicitados y ordenados, dos se entregaron al interesado para sus publicaciones y otro se ordenó fijarlo en la morada, oficina o negocio de la parte demandada conforme a la ley.

LA SRIA,

ESCALANTE NEWMAN.