REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL Y MERCANTIL

JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA. Mérida, Cuatro de Mayo del dos mil seis.-
196º y 147º

Por recibida la presente solicitud de TITULO SUPLETORIO, intentada por el ciudadano JOSE ELIAS LACRUZ DURAN, venezolano, mayor de edad, soltero, de este domicilio de profesión agricultor titular de la cédula de identidad Nº V.- 8.049.163, debidamente asistido por la abogado ARACELI REDONDO MUIÑO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V.-6.621.927 domiciliada en esta ciudad de Mérida, inscrita en el INPREABOGADO bajo el Nº 59.355, y civilmente hábil. Désele entrada y el curso de Ley correspondiente. Se admite por no ser contraria a la Ley, al orden público ni a las buenas costumbres. En consecuencia este tribunal por cuanto observa que la parte solicitante promovió testigos pero no fueron evacuados, se ordena remitir original la presente solicitud al JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA (Distribuidor), para que al que le corresponda por distribución fije día y hora de presentación y comparecencia de dichos testigos. Remítase con oficio.-
LA JUEZ ACCIDENTAL

ABG. IRVING TIBAIRE ALTUVE D.
LA SECRETARIA ACCIDENTAL,

ABG. AMAHIL ESCALANTE N

En la misma fecha se le dio entrada y se formó expediente bajo el No. 2.021-
Y se remitió original solicitud con oficio Nº 551.-
LA SRIA, ACC.
ABG. ESCALANTE N.