REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL Y MERCANTIL

JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA. Mérida, cinco de mayo del dos mil seis.

196º y 147º

Vista la diligencia anterior, de fecha 02 de mayo del 2.006, suscrita por el abogado en ejercicio LUIS ALBERTO MARTÍNEZ MARCANO, en su carácter de co-apoderado actor en el proceso, mediante la cual solicita se cite a la ciudadano JESÚS AMADO BELANDRIA MOLINA, parte co-demandada en el proceso, por carteles de conformidad con el artículo 223 del Código de Procedimiento Civil, en virtud de haber sido imposible su citación personal y vista igualmente la diligencia que obra agregada al folio 127 del presente expediente, de fecha 20 de abril del 2.006, suscrita por el alguacil de este Tribunal, mediante la cual informa que no logró la citación personal de dicho co-demandado, por cuanto no lo pudo localizar en las tres oportunidades en que se trasladó a la dirección indicada por la parte actora. En consecuencia, el Tribunal acuerda conforme lo solicitado por el co-apoderado actor, y en tal virtud se ordena emplazar al ciudadano JESÚS AMADO BELANDRIA MOLINA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-8.035.187, domiciliado en la ciudad de Mérida, estado Mérida y hábil, en su carácter de propietario del vehículo involucrado en el accidente demandado, por carteles, de conformidad con el artículo 223 ejusdem, para que comparezca por ante este despacho a darse por citado en el presente proceso intentado en su contra, en el término de QUINCE DÍAS DE DESPACHO contados a partir que conste de autos las consignaciones de los diarios donde aparezca publicado el cartel ordenado, el cual debe ser publicado en dos diarios de amplia circulación en el Estado Mérida, a escoger entre Frontera, Los Andes, Cambio de Siglo y/o Pico Bolívar, con el intervalo de ley entre una y otra publicación, o sea, tres días, y que igualmente conste de autos las resultas de la fijación del cartel librado en la morada, oficina o negocio de dicho co-demandado en el presente juicio, con la advertencia que una vez vencido dicho lapso y que de autos conste haberse cumplido con las formalidades indicadas, se procederá a designarle DEFENSOR JUDICIAL, con quien se entenderá la citación y demás diligencias del presente procedimiento. Líbrense carteles de citación, dos entréguense a la parte interesada para sus publicaciones conforme lo ordenado y otro del mismo tenor fíjese en la morada, oficina o negocio del co-demandado JESÚS AMADO BELANDRIA MOLINA conforme a la ley. Se advierte a la parte interesada que el cartel de citación librado, debe ser publicado con tamaño de letra no inferior a siete puntos y en tipo de letra helvético, bajo apercibimiento que sino se hace así, el Tribunal no lo dará por
legalmente publicado, y así se decide.

LA JUEZA ACCIDENTAL,

ABG. IRVING TIBAIRE ALTUVE D.



LA SECRETARIA ACCIDENTAL,

ABG. AMAHIL ESCALANTE NEWMAN.

En la misma fecha se libraron los carteles de citación solicitados y ordenados, dos se entregaron al interesado para sus publicaciones y otro se ordenó fijarlo en la morada, oficina o negocio del co-demandado JESÚS AMADO BELANDRIA MOLINA conforme a la ley.

LA SRIA,

ESCALANTE NEWMAN.