REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERA INSTANCIA CIVIL Y MERCANTIL "EL VIGIA"



GADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA. EL VIGIA, ONCE DE MAYO DE DOS MIL SEIS.
196º Y 147º
Visto el convenimiento hecho entre las partes, mediante diligencia presentada en fecha 09 de mayo de 2006 (f. 13 y vuelto), del expediente principal, este Tribunal, observa:
El presente juicio versa sobre Acción Reivindicatoria y de la revisión del expediente se puede constatar que las partes tienen capacidad para disponer del objeto sobre el que versa la controversia, y el presente convenimiento versa sobre materia en la cual no están prohibidas las transacciones, este Juzgador de conformidad con el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil HOMOLOGA el presente convenimiento y en consecuencia, procede como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. Así se establece.
EL JUEZ,

ABG. JULIO CESAR NEWMAN GUTIERREZ
LA SECRETARIA,

ABG. NORIS C. BONILLA V.
RQ.