REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL Y MERCANTIL
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA. Mérida, diez de mayo de dos mil seis.
196° y 147°
Vista la diligencia que antecede de fecha 10 de abril de 2.006, suscrita por el ciudadano ALÍ RAFAEL ALARCÓN QUINTERO, en su condición de parte actora por una parte, y por la otra parte, el abogado en ejercicio MARCOS AVILIO TREJO CONTRERAS, mediante el cual consignan en original documento autenticado por ante la Notaría Pública Tercera de Mérida, inserto bajo el N° 55, Tomo 30, de fecha 06 de abril de 2.006, en el cual en forma expresa el actor manifiesta haber recibido el pago total de las costas y costos procesales en la presente incidencia surgida con ocasión de la estimación e intimación de honorarios profesionales del expediente signado con el N° 967, por lo que solicitan que este Tribunal homologue dicho pago, le imparta el carácter de sentencia pasada con autoridad de cosa juzgada, declare terminado el presente juicio, ordene el archivo del expediente, suspenda la medida de embargo ejecutivo y expida copias certificadas del presente auto. Este Tribunal:
PRIMERO: Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Homologa el expresado PAGO y le imparte el carácter de sentencia pasada con autoridad de cosa juzgada.
SEGUNDO: Suspende medida de embargo ejecutivo decretada en fecha 22 de marzo de 1.993 y ejecutada en fecha 29 del mes y año, por el extinto Juzgado Segundo Subrogado de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, actual JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, sobre: Un lote de terreno situado en la avenida Tulio Febres Cordero del Municipio el Llano de esta ciudad de Mérida, el cual tiene un área de CINCO MIL CIENTO TREINTA Y TRES METROS CUADRADOS CON DOSCIENTOS VENITIUN MILIMETROS (5.133,221 m2) cuyo uso es el de estacionamiento con la condición de que dicho uso no debe ser modificado con los siguientes linderos y medidas: FRENTE: En una extensión de 86,78 mts, con la avenida Tulio Febres Cordero; FONDO: En una extensión de 81,58 mts, con terrenos que son o fueron de Asunción Campos, Honoria de Izarra, Ramona Monsalve, Anastacia Herrera y Sucesión de Carlos Lares: POR EL COSTADO DERECHO: En una extensión de 72,27 mts, con calle 35 (Santos Marquina); y POR EL COSTADO IZQUIERDO: En una extensión de 50,46 mts, con calle 34 (Flores), terreno este propiedad de FUNDAULA, según documento registrado por ante la Oficina Subalterna de Registro del Distrito Libertador del Estado Mérida, con fecha 09 de enero de 1.985, registrado bajo el número 13, Tomo 1, Protocolo Primero, correspondiente al Primer Trimestre del citado año; para tal efecto este Tribunal acuerda oficiar tanto al Registrador Inmobiliario del Municipio Libertador del Estado Mérida, para que se sirva estampar la respectiva nota marginal de tal suspensión, que fuere participada a esa oficina bajo el N° 519 como a la Depositaria Judicial abogada MIGDALIA COROMOTO SUAREZ VALERO. Ofíciese.
TERCERO: Se declara terminado el presente juicio y se ordena el archivo del presente expediente.
CUARTO: Se abstiene de expedir copia certificada del presente auto, toda vez que no consta en autos que se haya sufragado los gastos.
EL JUEZ TITULAR
ALBIO CONTRERAS ZAMBRANO
LA SECRETARIA TITULAR,
SULAY QUINTERO QUINTERO
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto anterior, se ofició al Registrador Inmobiliario del Municipio Libertador del Estado Mérida bajo el Nº 3.773-2.006 y a la Depositaria Judicial bajo el N° 3.774-2.006. Conste,
LA SCRIA,
SULAY QUINTERO
ACZ/SQQ/gu.-