JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA. Mérida, cinco (05) de Mayo del dos mil seis (2006).-
196º y 147º
Vista la TRANSACCION celebrada entre las partes en fecha 03 de mayo de dos mil seis (2006), por ante el JUZGADO SEGUNDO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA, según consta al folio 13 y su vuelto y 14, este Tribunal luego de un análisis exhaustivo de los puntos que conforman la misma, observa que esta no vulnera el orden publico, ni transgrede ninguna disposición legal, y no viola el derecho a la defensa e igualdad de las partes en el debido proceso, premisas constitucionales que son de indubitable cumplimiento para una sana y recta administración de justicia, tal como lo prescribe la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela, por consiguiente ESTE TRIBUNAL TERCERO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA, de conformidad con lo previsto en el articulo 255 del Código de Procedimiento Civil, HOMOLOGA LA PRESENTE TRANSACCION, en consecuencia se le imparte el carácter de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, se da por terminado el presente Juicio y se ordena el Archivo del expediente, se ordena agregar a los autos el cuaderno de secuestro y los recaudos librados en el presente juicio.
LA JUEZ TEMPORAL,
ABG. MARIA ELCIRA MARIN OSORIO.
LA SECRETARIA TEMPORAL,
ABG. CAROLINA UZCATEGUI BENAVIDES.
EN LA MISMA FECHA SE CUMPLIO CON LO ORDENADO.-
SRIA. TEMP.
Exp. Nº 5975.-
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