REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA. JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS TOVAR, ZEA, GUARAQUE Y ARZOBISPO CHACON DE LA CIRCUNCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA. Tovar, veinticinco de Mayo de Dos Mil Seis.

195° y 146°
Vista la diligencia que antecede, suscrita por los Abogados YAJAIRA JOSEFINA FERNANDEZ PEREZ, con el carácter de Apoderada Judicial de la ciudadana SOCORRO PEREZ, parte demandante, y MIGUEL ARMANDO LOPEZ TROCONIS, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano RIGOBERTO RAMIREZ PRADA, plenamente identificados y con el carácter acreditado en autos, en virtud de la cual convienen en celebrar una transacción judicial en relación con los hechos controvertidos, este Tribunal observa que por cuanto la misma no es contraria a derecho y versa sobre derechos disponibles, le imparte su homologación de conformidad con el Artículo 256 del Código de Procedimiento Civil y en consecuencia se le da el carácter de Sentencia pasada por autoridad de cosa juzgada, todo ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY. Así mismo se ordena el archivo del expediente.

LA JUEZA TEMPORAL,
Abg. YANIUSKA OMAÑA GOMEZ.

LA SECRETARIA ACC.

Abg. YESENY DEL V. ESCALANTE C.


En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en autos.

La Sria Acc.

Abg. Yeseny del V. Escalante C.

Exp. 2006- 1128.