TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA. SALA DE JUICIO. JUEZ Nº 02. MÉRIDA, SIETE DE NOVIEMBRE DE DOS MIL SEIS.-
196º y 147º
Visto el folio 04, del cual se desprende que el ciudadano ROMEL JULIÁN ALDANA PÉREZ, actualmente cuenta con la mayoría de edad y en virtud de que el Tribunal no le adeuda ningún tipo de dinero, tal y como se evidencia al folio 49; en consecuencia, de conformidad con lo establecido en el articulo 2 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, en concordancia con el artículo 18 del Código Civil de Venezuela, este TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA Y ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, acuerda cerrar el presente procedimiento de AUTORIZACIÓN JUDICIAL PARA COBRO, signada con el Nº 1418, SOLICITANTE: YOLY DEL CARMEN PÉREZ RIVAS, fecha de entrada: 14 de Agosto de 2.002, y remitir el expediente al Archivo Judicial del Estado Mérida para su archivo y custodia. CÚMPLASE.---------------------------------------------------------
LA JUEZA TITULAR Nº 02
ABOG. GLADYS Y. JASPE
LA SECRETARIA TITULAR
ABOG. ELSY GUILLEN RAMÍREZ
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en le auto anterior.
LA SRIA.
GJdO/Jaa
EXP. 1418
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