REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida
Mérida, dos de noviembre de dos mil seis
196º y 147º
ASUNTO : LP21-L-2006-000394
ACTA DE PRESUNCION DE LA ADMISION DE LOS HECHOS.
N° DE EXPEDIENTE: LP21-L-2006-000394
PARTE ACTOR RONALD JOSE HERNANDEZ CASTILLO
ABOGADO ASISTENTE DE LA PARTE ACTORA: MARIA ELENA LARA, en su condición de Procuradora Especial de los Trabajadores para el estado Mérida.
PARTE DEMANDADA: PANADERIA Y PASTELERIA DELIA ROSA DE ELEAZAR LOPEZ HERNANDEZ.
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MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES.
En el día hábil de hoy 02 de Noviembre de 2006, siendo las 9:00 a.m. oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio, se deja constancia de que se encuentra presente la parte actora RONALD JOSE HERNANDEZ CASTILLO, asistido por la abogada MARIA ELENA LARA, en su condición de Procuradora Especial de los Trabajadores para el Estado Mérida, quien consignó escrito de promoción de pruebas constante de 01 folio útil y 01 folio en anexo, se ordena agregarla al expediente respectivo. En este estado el Tribunal deja constancia de la no comparecencia a esta Audiencia de la parte demandada, ni por sí ni por medio de apoderado judicial alguno, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 131 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, pasa a dictar el Fallo, declarando que una vez revisada la petición del demandante y encontrándola que no es contraria a derecho, se presume la admisión de los hechos alegados por el demandante y en tal sentido, se tomará en cuenta los siguientes elementos. Fecha de Ingreso: 01 de mayo de 2005, Cargo: atención al Público, último salario: Bs.465.750,00 mensuales, Horario de trabajo: Domingo a viernes de 7:00 a.,m. a 3:00 p.m., Causa de la terminación de la relación Laboral: retiro. Duración de la relación de Trabajo; 01 año y 14 días, este Juzgado Primero de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA CON LUGAR LA ACCION INTENTADA, por el ciudadana RONALD JOSE HERNANDEZ CASTILLO contra: FIRMAPERSONAL PANADERIA Y PASTELERIA DELI ROSA DE ELEAZAR GOMEZ HERNANDEZ POR cobro de PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPOS LABORALES, condenándose a la parte demandada, al pago de los siguientes conceptos y montos: Prestación de Antigüedad, de conformidad con lo establecido en el artículo 108 de la Ley Orgánica del Trabajo, le corresponde al actor la cantidad de Bs627.289,53. Intereses sobre la prestación de antigüedad; Bs., 32.706,58, Vacaciones cumplidas y no disfrutadas; Bs. 232.875,oo, Bono Vacacional: Bs.108.675,00. Fracción de utilidades. Bs. 72.770.97, dando un monto de Bs.966.717.07 Se ordena la realización de una experticia complementaria al fallo de los INTERES DE MORA Y LAINDEXACION JUDICIAL, de conformidad con lo establecido en el artículo 185 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo Se condena en costas a la parte perdidosa PUBLIQUESE y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 196º de la Independencia y 147º de la Federación.
LA JUEZA
MARIANA JOSEFINA APONTE QUINTERO
LA PARTE ACTORA,
RONALD HERNANDEZ CASTILLO
LA ABOGADA ASISTENTE DE LA PARTE ACTORA,
MARIA ELENA LARA MARCANO
LA SECRETARIA,
YURAHI JOSEFINA GUTIERREZ QUINTERO
En la misma fecha se publicó la anterior decisión y se expidió l copia para su archivo
SRIA.
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