REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida
Mérida, quince de noviembre de dos mil seis
196º y 147º
ASUNTO: LP21-L-2006-000314
SENTENCIA: HOMOLOGACIÓN DE TRANSACCIÓN
PARTE ACTORA:
WILLIAN JOSE RODRIGUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 10.201.249, de este domicilio.
ABOGADO ASISTENTE DE LA PARTE ACTORA:
REINA RANGEL RIVAS, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 13.299.
PARTE DEMANDADA:
Fondo de Comercio “BUTAMERI” INSCRITA POR ANTE EL REGISTRO Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, en fecha 26 de agosto de 2.003, bajo el Nº 8, Tomo B-4, de Jaime Ureña Chavarri.
ABOGADA ASISTENTE DE LA PARTE DEMANDADA:
Jacqueline Villamizar, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 105.761
MOTIVO:
COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES.
Vista la diligencia de fecha 13 de noviembre de 2006, que corre agregada de los folios 48 al 49 del presente expediente suscrita por los ciudadanos Jaime Ureña Chavarri, asistido de la Abg. Jacqueline Villamizar, en su condición de parte demandada por una parte y por la otra el ciudadano WILLIAN JOSE RODRIGUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 10.201.249, de este domicilio, en su condición de parte demandante debidamente asistido por la Abg. Reina Rangel, anteriormente identificada, mediante la cual llegan a un acuerdo por la cantidad de DOS MILLONES TRESCIENTOS NOVENTA Y OCHO MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y OCHO BOLIVARES CON CINCUENTA Y NUEVE CENTIMOS (Bs.2.398.438,59), MÁS las costas procesales por la cantidad de SETECIENTOS DICIENUEVE MIL QUINIENTOS TREINTA Y UN BOLIVARES CON CUARENTA CENTIMOS (Bs. 719.531,40) para un total de Bs. 3.117.699,99, cuyos pagos se harán de la siguiente manera: en la fecha de la transacción es decir 13 de noviembre de 2.006 la cantidad de Bs. 1.600.000,00, para el día 30 de noviembre de 2.006 la cantidad de Bs. 799.479,33 y para el día 15 de diciembre de 2.006 la cantidad de Bs. 719.531,40. Este TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN TANTO DEL NUEVO RÉGIMEN COMO DEL RÉGIMEN PROCESAL TRANSITORIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley acuerda conforme a lo solicitado, en consecuencia, homologa la presente transacción y le imparte el carácter de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada dándose y se abstiene del cierre y archivo del expediente hasta tanto en autos el pago total de la obligación Cópiese y Publíquese.-
Dada, Firmada, Sellada y Refrendada en la Sala de Despacho del Tribunal Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución tanto del Nuevo Régimen como del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, a los quince días del mes de noviembre de Dos Mil Seis.
LA JUEZ,
ABG. YAJAIRA ROJAS DE RAMIREZ
LA SECRETARIA,
ABG. YURAHI GUTIERREZ
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado y se dictó la presente decisión siendo las 3:00 de la tarde.
Scria,
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