REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE EXTENSIÓN EL VIGÍA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA. SALA DE JUICIO EL VIGÍA. El Vigía, treinta (30) de noviembre de dos mil seis (2006) ----------------------------------------------------------------------------------------------
196º y 147º
Revisado como ha sido el presente expediente, y visto el Informe de Seguimiento inserto a los folios del ciento cuarenta (140) al ciento cuarenta y dos (142) del presente expediente, emanado de la Trabajadora Social adscrita al Instituto Nacional del Menor Seccional Mérida, relacionado con los adolescentes: OMITIR NOMBRES, quien se encuentra en dicho centro a la orden del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida de conformidad con lo previsto en el articulo 126 literal 126 literal “i” de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. En consecuencia este Tribunal Ratifica la medida dictada por el Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida. Sala de juicio Nº 03 en fecha dieciocho de marzo de dos mil cinco (18-03-05) a favor de los adolescentes: OMITIR NOMBRES, todo de conformidad con lo previsto en el artículo 131 segundo aparte de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. Librese oficio y déjese copia en el expediente. CÚMPLASE.--------------------------------------------
LA JUEZA TEMPORAL
ABG. CARMEN ALICIA VELAZCO MORA.
LA SECRETARIA
ABG. NAYARIB MONSALVE U.
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto anterior.-
La Sria.
Exp. Nº 0516
CAVM.