ASUNTO PRINCIPAL : LP11-P-2003-000246
ASUNTO : LP11-P-2003-000246

Visto el escrito N° 266 de fecha10/11/2006, suscrito por el Departamento de Consultaría Jurídica, del Centro Penitenciario de la Región Andina, en el cual notifica a este Tribunal que el computo de pena del penado ANGULO WILLIAM ENRIQUE, a quien se le sigue la causa N° LP11-P-2003-000246, presenta error involuntario en el tiempo que lleva detenido, en consecuencia este Tribunal de Ejecución N° 02 ordena elaborar computo actualizado de conformidad con lo establecido en el articulo 482 del Código Orgánico Procesal Penal, al efecto se observa que dicho penado, fue detenido en fecha 09/10/2003, permaneciendo en las mismas condiciones hasta el 29/11/2006, es decir, por 3 años, 1 mes, 20 días, que se le computa como pena cumplida y por cuanto fue sentenciado a cumplir la pena de 12 años de presidio, le falta por cumplir 08 años, 1 mes, 1 día, la cual deberá cumplirá el día 09/10/2015, al finalizar el día, remítase copia certificada del presente computo al Centro Penitenciario de la Región Andina. Librése el correspondiente oficio, notifíquese al Ministerio Público a la defensa. Cúmplase

JUEZ DE EJECUCION N° 02

Abg. JESÚS ORLANDO RONDÓN

Secretario

Abg