REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN. EXTENSIÓN EL VIGIA.

ASUNTO PRINCIPAL : LP11-P-2004-000167
ASUNTO : LP11-P-2004-000167

Consta en el presente asunto penal, oficio S/N de fecha 30-10-06, recibido en fecha 03-11-2006, en la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD), de este Circuito Judicial, suscrito por la Abogada Lourdes Varela de Rivas, Directora del Centro de Tratamiento Comunitario " Lic. Piedad Leonor Rodríguez ", del Estado Mérida, que cursa al folio 1046, mediante el cual solicita permiso especial al residente DANNY JAVIER RAMÍREZ, con motivo de celebrarse próximamente la navidad y el año nuevo, a fin de compartir dichas festividades con sus familiares, los días que el Tribunal tenga a bien otorgarle, comprometiéndose a pernoctar en la siguiente dirección: BARRIO 5 DE JULIO POR LAS ESCALERAS, AVENIDA DON PEPE ROJAS, CASA S/N, TELEFONO 0414-7152427, EL VIGIA ESTADO MÉRIDA. Este Tribunal de Primera Instancia Penal en funciones de Ejecución N° 02, del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, de acuerdo a lo previsto en el artículo 63 de la Ley de Régimen Penitenciario en armonía con lo establecido en los artículos 26, 49, 253, 272 y 334 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, OTORGA, al penado DANNY JAVIER RAMÍREZ, titular de la cédula de identidad N° 22.168.709, la salida transitoria los días 22-12-06 desde las 05:00 de la tarde hasta el 26-12-06, a las 08:00 P.M y desde el 29-12-06 desde las 05:00 de la tarde hasta el 02-01-2007, a las 05:00 de la tarde, retornando al Centro de Tratamiento Comunitario " Lic. Piedad Leonor Rodríguez ", del Estado Mérida. La salida transitoria otorgada se hará efectiva, siempre que el penado, previamente haya firmado un acta Interna, donde se comprometa a cumplir con el permiso otorgado y las condiciones impuestas por éste Despacho, las cuales con las siguientes:Continuar con el cabal cumplimiento de las indicaciones del Tribunal y su delegado de prueba. Presentarse ante la autoridad más cercana a su residencia a fin de que le tomen la hora y fecha de su presentación, lo cual debe acreditar con la firma y sello del organismo ante el cual se presente. Debe permanecer en su lugar de residencia y pernoctar en la misma, la cual esta ubicada en: BARRIO 5 DE JULIO POR LAS ESCALERAS, AVENIDA DON PEPE ROJAS, CASA S/N, TELEFONO 0414-7152427, EL VIGIA ESTADO MÉRIDA. Presentar el día 02-01-07, al Tribunal de Primera Instancia en funciones de Ejecución N° 02, del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, constancia de haberse presentado ante la Prefectura más cercana a su domicilio. Retornar el día 02 de enero de 2007, a las 05:00 de la tarde, al Centro de Tratamiento Comunitario “Lic. Piedad Leonor Rodríguez del Estado Mérida” ubicado al final de la Avenida Universidad, Esquina calle Bella Vista Vuelta de Lola del Estado Mérida. Presentarse ante el sacerdote, pastor u otro de acuerdo a la religión que profese, a los fines de que el Penado, acuda al culto en familia. Notifíquese al Fiscal, defensa y penado. Líbrese oficio a la Directora del Centro de Tratamiento Comunitario Lic. Piedad Leonor con sede en el Estado Mérida. Cúmplase.-

EL JUEZ DE EJECUCIÓN N° 02,

Abg. JESUS ORLANDO RONDON CONTRERAS

La Secretaria,