JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA. Mérida, treinta de Noviembre de dos mil seis.-


196º y 147º

Vista la TRANSACCION celebrada entre las partes en el presente juicio en fecha 28-11-2006, que obra al folio diez (10) y su vuelto del presente expediente, este Tribunal luego de un análisis exhaustivo de los puntos que conforman la misma, observa que esta no vulnera el orden publico, ni transgrede ninguna disposición legal, y no viola el derecho a la defensa e igualdad de las partes en el debido proceso, premisas constitucionales que son de indubitable cumplimiento para una sana y recta administración de justicia, tal como lo prescribe la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, por consiguiente ESTE TRIBUNAL TERCERO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA, de conformidad con lo previsto en el articulo 255 del Código de Procedimiento Civil, HOMOLOGA LA PRESENTE TRANSACCION, en consecuencia se le imparte el carácter de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, se da por terminado el presente Juicio. Este Tribunal se abstiene de Archivar el expediente, y ordena oficiar al Juzgado Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios Libertador y Santos Marquina de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, a los fines de recavar el Cuaderno de Embargo librado en el presente juicio. Ofíciese.
LA JUEZ TEMPORAL,

ABG. MARIA ELCIRA MARIN OSORIO.

LA SECRETARIA TEMPORAL,

ABG. EILEEN C. UZCATEGUI B

EN LA MISMA FECHA SE CUMPLIO CON LO ORDENADO.-
SRIA. TEMP.


Exp. Nº 6047.