COMISION N° 639-06

En horas de Despacho del día de hoy, dos (2) de noviembre del año dos mil seis (2006), siendo las 11:35 a.m., se traslado y constituyo este Juzgado Ejecutor de Medidas, con la presencia del Juez Temporal Francisco Bárbara y el secretario Angel Bravo, titulares de las cédula de identidad número 8030441 y 4522374, con el objeto de practicar Medida de Embargo Preventivo decretado por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida en un sitio señalado por la abogada Betty Josefina Rondon, inscrita en el inpreabogado bajo el N° 38014, el cual es final Avenida Bolívar, salida hacia Mérida, sector Campo Alegre en Industrial El Vigía, presente una persona quien dijo ser y llamarse Adham Radwan Ichtay, titular de la cédula de identidad No 12.816.962, quien manifestó ser el Consultor Jurídico de la Empresa Industrial El Vigía S.A. inscrito en el Inpreabogado bajo el No 84.135, a quien el Tribunal le notifico la misión de la constitución en este lugar así como el ciudadano Algimiro Segundo González, titular de la cédula de identidad No 4753714, notificándole la misión de su constitución. En este estado solicito el derecho de palabra la abogada Betty Josefina Rondon, antes identificada, concedido como fue expuso: Señalo para ser embargado preventivamente un bien inmueble que se descrito y valorado pro el perito avaluador que se nombrare. No expuso más. Acto seguido se nombra perito avaluador al ciudadano Gregory Dugarte Rojas, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No 12.779.987de este domicilio y hábil y como depositaria judicial Empresa Lex S.A., representado por la ciudadana Marlene del Carmen Portillo Nava, titular de la cédula de identidad No 4.744.581 de este domicilio y que estando presente aceptaron el cargo y prestaron el juramento de Ley. Continuando con el derecho de palabra la abogada Betty Rondo, conjuntamente con el perito avaluador Gregory Duarte, exponiendo: Se trata de un vehículo Clase: camioneta, Tipo: Sport Wagon, Placa LaG-41K, marca; Ford, Año: 1999, modelo; explores, Color: Blanco, serial carrocería 8XDZU18FOX8-A16086, serial motor XA16086 y se encuentra en las siguientes condiciones: Los cauchos se encuentran en regulares condiciones, la pintura en buenas condiciones, la tapicería en buenas condiciones, aire acondicionado funcionando, luces funcionando, se deja constancia que el parabrisas delantero presenta (2) dos astillas, avaluando la misma en la cantidad de Veinticinco millones de Bolívares (Bs. 25.000.000). En este estado solicitan el derecho de palabra los notificados antes identificados, concedido como fue expusieron: Consigno factura original con numero de control 6311 y factura del cliente 24487 de fecha de recepción 10-04-2006 y fecha de liquidación 02-11-2006 cliente Maria Teresa Carrero, consignación que por la cantidad de Dos millones novecientos setenta y un mil novecientos cincuenta y cuatro mil con noventa y dos céntimos (Bs. 2.971.954,92) por motivo de reparación del mismo la cual no ha sido cancelada por el monto expresado, la cual ella misma se expresa en su detalles. No expuso más. En nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley este Juzgado Ejecutor de Medidas declara legalmente embargado hasta por la cantidad de veintitrés millones setecientos ochenta y seis mil setecientos ochenta y un bolívares con veinticinco céntimos (Bs. 23.786.781,25), así mismo declara la desposesión jurídica por lo previsto en el articulo 536 del Código de Procedimiento Civil y le hace entrega del mismo a la representante de la Depositaria Judicial ciudadano Marlene Portillo, titular de la cédula de identidad No 4744581. No habiendo más actuaciones se leyó y conformes firman siendo las 1:30 p.m. El Juez Temporal. Abg. Francisco Bárbara. (Firma Ilegible) Notificado. Abg. Adham Radwan Ichtay. (Firma ilegible) Algimiro González. (Firma ilegible) Abogada Actora. Betty Rondon. (Firma ilegible) Perito Avaluador. Dugarte Gregory. (Firma ilegible) Depositaria Judicial. Marlene Portillo. (Firma ilegible) El Secretario. Abg. Angel Bravo. (Firma ilegible).