COMISION N° 641-06

En horas de Despacho del día de hoy, veintinueve (29) de Noviembre del año dos mil seis, siendo las 12:15 p.m., se traslado y constituyo este Juzgado Ejecutor de Medidas, presente el Juez Temporal Abogado Francisco Bárbara y el Secretario Abg. Angel Bravo, titulares de las cédulas de identidad números 8030441 y 4522374 respectivamente, con el objeto de practicar Medida Ejecutiva de Embargo decretado por el Juzgado Tercero de los Municipios Alberto Adriani, Andrés Bello, Obispo Ramos de Lora y Caracciolo Parra y Olmedo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, El Vigía, en un sitio señalado por el demandante Juan Bautista Alvarez Valencia, titular de la cédula de identidad número 9475898, asistido por el abogado José del Carmen Rodríguez, inscrito en el Inpreabogado 49.621, el cual es sector Alta Vista, calle principal casa N° 1-46 al lado de la Tasca Altamira del Municipio Alberto Adriani, presentes los funcionarios policiales Marcos Ballesteros y José Villamisar con chapa número 219 y 5512 de esta ciudad El Vigía, presente la ciudadana Esmeralda Josefina Chacin Oviedo, titular de la cédula de identidad número 10.240.206, de este domicilio a quien el Tribunal se le notifico la misión de su constitución a la cual se le concede el termino de una (1) hora para que ejerza el derecho a la defensa por lo previsto en el articulo 49 ordinal primero de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. En este estado se nombra perito avaluador a la ciudadana Shirley Montes, titular de la cédula de identidad 13.790.944 de este domicilio y como depositario a la Empresa Depositaria Judicial Lex S.A., representada por la ciudadano José Rafael Uzcategui, titular de la cédula de identidad número 8.004.632, quienes estando presentes aceptaron el cargo y prestaron el juramento de Ley. En este estado solicita el derecho de palabra la notificada Esmeralda Josefina Chacin, antes identificado, asistida por la abogada Danelly Suárez Noguera, inscrito en el Inpreabogado bajo el No 89.548, con cedula de identidad No 13.283.771, concedido como fue expuso: Ofrezco cancelar la cantidad decretada por el Tribunal comitente en sentencia definitivamente firme, y en este cancelo la cantidad de Un millón Quinientos mil Bolívares (Bs. 1.500.000) y el resto de la misma o sea la cantidad de Un millón doscientos ochenta y tres mil doscientos cuarenta y siete (Bs.1.283.247), mas la cantidad de Doscientos mil Bolívares (Bs.200.000) por concepto de Depositaria Judicial y Perito avaluador para el día viernes, primero (1) de Diciembre del año que discurre, por ante este Tribunal Ejecutor en la hora comprendida de diez (10) de la mañana. No expuso más. En este estado solicito el derecho de palabra el demandante Juan Bautista Álvarez Valencia, asistido por su abogado José del Carmen Rodríguez, antes identificado, concedido como fue expuso: Acepto el ofrecimiento hecho por la demandada en los términos expresados, quedando entendido que de no cancelar lo ofrecido por ante este Juzgado Ejecutor, en la fecha señalada, se traslade nuevamente este Juzgado a practicar medida decretada por el saldo deudor, y en caso de cumplir lo ofrecido que sea el tribunal comitente que archive el presente juicio. No expuso más. En este estado visto el convenimiento hecho entre las partes, este Tribunal acuerda regresar a su sede natural, se leyó y conformes firman siendo las 3:15 p.m. El Juez Temporal. Abg. Francisco Bárbara. (Firma Ilegible) La notificada. Esmeralda Josefina Chacin. (Firma Ilegible) Abogado asistente. Danelly Suárez. (Firma Ilegible) Demandante. Juan Bautista Valencia. (Firma Ilegible) Abogado asistente. José del Carmen Rodríguez. (Firma Ilegible) Perito Avaluador. Shirley Montes. (Firma Ilegible) Depositaria Judicial. Rafael Uzcategui. (Firma Ilegible) Policías. Marcos Ballesteros. (Firma Ilegible) José Villamisar. (Firma Ilegible) El Secretario. Abg. Angel Bravo. (Firma Ilegible).