TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA. SALA DE JUICIO. JUEZ Nº 02 Mérida, 10 de Octubre del dos mil seis.-

196º y 147º

Vista las actas que integran el presente expediente Civil N° 13873, y vista igualmente las copias certificadas de las Partidas de Nacimiento de los ciudadanos LUCIRAIMA, JESUS ALFONZO, JAVIER ALEXIS y MARITZA DEL CARMEN HERNANDEZ GIL, que corren insertas a los folios seis (6), siete (7), ocho, (8) y nueve (9) de las cuales se evidencia que los prenombrados ciudadanos ya cumplieron la mayoría de edad. En consecuencia, de conformidad con lo establecido en el Artículo 2 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente en concordancia con el Artículo 18 del Código Civil Venezolano, este TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, ACUERDA. El cierre y archivo del presente expediente Nº 013873. DEMANDANTE: GIL DE HERNANDEZ MARIA CONCEPCION, DEMANDADO: HERNANDEZ CASTILLO BENITO RAMON. MOTIVO: OBLIGACION ALIMENTARIA. FECHA DE ENTRADA. 17 DE MARZO DEL 2006. CÚMPLASE.
JUEZ TITULAR DE JUICIO Nº 02

ABOG. GLADYS YOLANDA JASPE

LA SECRETARIA TITULAR

ABOG. ELSY GUILLÉN RAMÍREZ

En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto anterior

LA SRIA

JV/13873.