TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA. SALA DE JUICIO. JUEZA Nº 03. Mérida, dos (02) de Octubre del año dos mil seis.-
196º y 147º
Revisado como ha sido el presente expediente, y por cuanto se evidencia la mayoría de edad de los ciudadanos: EDINSON ALEJANDRO, EDWARD ENRIQUE y EDWIN JAVIER SANCHEZ VALERO, según se desprende de las Partidas de Nacimiento Nº 523, 221 y 524, insertas a los Folios Nros. 4, 5 y 6, en su respectivo orden, expedidas por el Prefecto Civil de la Parroquia Juan Rodríguez Suárez, Municipio Libertador del Estado Mérida. En consecuencia, de conformidad con lo establecido en el Artículo 2 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente en concordancia con el Artículo 18 del Código Civil Venezolano, este TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, ACUERDA. El cierre y archivo del presente expediente Nº 00570, Solicitante: DEONICIA VALERO FERNANDEZ, Motivo: AUTORIZACIÓN JUDICIAL PARA OBTENCIÓN DE CREDITO HIPOTECARIO, Juzgado: PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DEL EDO. MÉRIDA, Fecha de Entrada: 04-09-2000. Así se decide.---------------------------------------
LA JUEZA TEMPORAL DE JUICIO Nº 03
ABG. MARIA ISABEL ROJAS DE ECHEVERRIA
LA SECRETARIA TITULAR
ABG. ELSY GUILLEN RAMÍREZ
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto anterior
LA SRIA
ASIM/00570.-
|