REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida
Mérida, diecinueve de octubre de dos mil seis
196º y 147º

ASUNTO : LH21-L-1999-000011

N° DE EXPEDIENTE: LH21-L-1999-000011
PARTE ACTORA: ELISAUL OROZCO
APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE ACTORA: ALVARO MORENO Y ALVARO CHACON, inscritos en el inpreabogado bajo el Nº 72.289 y 62.524 respectivamente.
PARTE DEMANDADA: C.A HIDROLÓGICA DE LA CORDILLERA ANDINA-MÉRIDA ( C.A HIDROANDES -MÉRIDA ), C.A HIDROLÓGICA VENEZOLANA ( HIDROVEN C.A ) y AGUAS DE MÉRIDA C.A.
APODERADOS JUDICIALES DE LAS PARTES DEMANDADAS: ANA RITA TORO, ELEAZAR LEON MORIN AGUILERA Y MOISES PÈRNIA PERNIA, inscritos en el inpreabogado bajo los Nº 53.423, 46.482 y 52.662 respectivamente

En vista al contenido de la decisión interlocutoria dictada por el TRIBUNAL PRIMERO SUPERIOR DEL TRABAJO DEL ESTADO MERIDA, en fecha 10 de octubre de 2006, en el asunto Nº LP21-R-2006-000140, la cual se encuentra publicada en la página Web TSJ regiones Mérida referido al punto relacionado con la notificación del Procurador General del Estado, la Ley de la Procuraduría del Estado Mérida, decretó la Reposición de la causa al Estado de Notificar al Procurador General del Estado Mérida, de conformidad con lo establecido en el artículo 45 de la ley de la Procuraduría General del Estado Mérida, y que una vez realizado dicho trámite se proceda a fijar la audiencia preliminar, razón por la cual este Tribunal tiene amplio conocimiento de la misma mal pudiera llevar a efecto la prolongación fijada para el día de hoy, ya que iría en contra de los decidido por la Alzada. Se le hace saber a las partes intervinientes en este proceso que se encuentran a derecho. Y así se establece, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley.


LA JUEZA,
MARIANA APONTE QUINTERO





LA SECRETARIA,


YURAHI JOSEFINA GUTIERREZ QUINTERO





En la misma fecha se publicó la anterior decisión y se expidió la copia para su archivo.


SRIA.