REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE EXTENSIÓN EL VIGÍA

TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA. SALA DE JUICIO EL VIGÍA. El Vigía, trece (13) de octubre de dos mil seis.-
196º y 147º

Revisado como ha sido el presente expediente y visto el Informe de Seguimiento que obra inserto a los folios cincuenta y nueve (59) y sesenta (60) del presente expediente, emitido por la Trabajadora Social adscrita a este Tribunal, relacionada con la adolescente OMITIR NOMBRE, de catorce (14) años de edad, quien se encuentra en el hogar de la ciudadana CARMEN ALICIA DEL PILAR FERNÁNDEZ MONCAYO, plenamente identificada en autos, a la orden de este Tribunal, de conformidad con lo previsto en el artículo 126 literal “i” de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. En consecuencia este Tribunal, ratifica la medida dictada por el Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, en fecha (14) de noviembre de dos mil tres (14/11/2003) a favor de la adolescente OMITIR NOMBRE, de catorce (14) años de edad, todo de conformidad con lo previsto en el artículo 131 segundo aparte de la Ley para la Protección del Niño y del Adolescente. CÚMPLASE.-------------

LA JUEZA TEMPORAL,


ABG. CARMEN ALICIA VELAZCO MORA

LA SECRETARIA,


ABG. NAYARIB MONSALVE UZCATEGUI

En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto anterior.-

La Sria.
Exp. Nº 0531
CAVM.-