REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida. Sede Alterna El Vigía.
El Vigía, veintiséis de octubre de dos mil seis
196º y 147º

ASUNTO: LP31-L-2006-000151

SENTENCIA


Vista la diligencia presentada en fecha veintitrés de octubre de dos mil seis, por la ciudadana: MIRIAN NILET VIELMA CAMACHO, identificada en autos, asistida por la abogado en ejercicio: JESSIKA RINCON inscrita en el inpreabogado bajo el N°105.304, mediante la cual expone que ha recibido el pago por concepto de prestaciones sociales, en los términos y condiciones expresados en documento presentado por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de esta sede alterna, que corre inserto en el folio 151 del presente expediente, en tal sentido, este Tribunal le imparte su homologación de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia del artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, dándole efecto de cosa juzgada y se ordena al archivo del presente expediente.
a Juez

Abg. Reina Rondón Graterol
El Secretario.

Abg. Gabriel Peña.