REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN. EXTENSIÓN EL VIGIA.
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MÉRIDA, EXTENSIÓN EL VIGÍA TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN N° 01
El Vigía, 17 de Octubre de 2006
196º y 147º
ASUNTO PRINCIPAL : LL11-P-2000-000006
ASUNTO : LL11-P-2000-000006
Visto el informe de finalización del régimen de prueba a la que estaba sometida la penada ANA BETILDE CONTRERAS NAVA, venezolana, titular de la cédula de identidad N° V-8.712.132, de 48 años de edad, soltera, natural de La Palmita, Estado Mérida, nacida en fecha 01-10-1957, obrera doméstica, residenciada en Quebrada Blanca, vía Panamericana; casa N° 14, calle principal (llegando a Caño Amarillo), El Vigía, Estado Mérida. En el Informe de finalización se deja constancia que la penada desde el inicio de sus presentaciones en ese despacho, demostró un alto sentido de responsabilidad con sus obligaciones; asistiendo puntualmente a las entrevistas de seguimiento fijadas por su Delegado de Prueba, se mostró preocupada en cumplir con las condiciones impuestas, finalizando positivamente su régimen de prueba, cuenta con apoyo familiar, debido a la responsabilidad asumida, finalizando con un nivel de supervisión mínimo. En consecuencia, Este Tribunal de Primera Instancia en funciones de Ejecución N° 01, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decreta el CUMPLIMIENTO DE LA PENA PRINCIPAL que debía cumplir la penada ANA BETILDE CONTRERAS NAVA, correspondiéndole la observancia de las penas accesorias, las cuales son de estar sometida por una quinta parte del tiempo de la pena a presentarse por ante la Prefectura HÉCTOR AMABLE MORA en Mucujepe, por el lapso de DOS (02) AÑOS, SEIS (06) MESES, VEINTIOCHO (28) DÍAS Y TRES (03) HORAS. Todo de conformidad a lo previsto en el artículo 479 numeral 1 del Código Orgánico Procesal Penal. Se acuerda celebrar audiencia para imponer de estas penas accesorias a la penada, para el día quince (15) de noviembre de 2006 a las 10:00 a.m. Notifíquese a las partes, cítese a la penada. Cúmplase.
JUEZA DE EJECUCIÓN N° 01
ABG. MERCEDES DEL PILAR LA TORRE VILORIA
LA SECRETARIA,