REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN. EXTENSIÓN EL VIGIA.

ASUNTO PRINCIPAL : LL11-P-2002-000042


Por cuanto en fecha 03-10-2006 la Corte de Apelaciones modifico el quamtun de la pena, para el penado EDIXON ENRIQUE CONTRERAS, en tal sentido, este Tribunal ordena elaborar el Computo Actualizado, de conformidad con el artículo 482 del Código Orgánico Procesal Penal, al efecto se observa: que el penado fue detenido en fecha 20-10-2001, permaneciendo en las mismas condiciones hasta la presente fecha 13-10-2006, es decir CUATRO (04) AÑOS, ONCE (11) MESES Y VEINTITRES (23) DÍAS, que sumado a una redención de pena de fecha 10-09-2003, por ONCE (11) MESES, es decir que ha cumplido de su pena con redención CINCO (05) AÑOS, DIEZ (10) MESES Y VEINTITRES (23) DÍAS y por cuanto de la modificación de pena se desprende , que debe cumplir SEIS (06) AÑOS DE PRISIÓN, por el delito de Ocultamiento Ilícito de sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, es por lo que le falta por cumplir UN (01) MES Y SEIS (06) DÍAS, la cual cumplirá el día 20-11-2006, al finalizar el día. Remítase copia del presente computo al Centro de Tratamiento Comunitario “Lic. Piedad Leonor Rodríguez”. Notifíquese a la Defensa, al Ministerio Público y al penado. Cúmplase.

LA JUEZ DE EJECUCION N° 01

ABG. MERCEDES DEL PILAR LA TORRE VILORIA

LA SECRETARIA.

ABG.______________________