REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN. EXTENSIÓN EL VIGIA.

ASUNTO PRINCIPAL : LJ11-P-1999-000023
ASUNTO : LJ11-P-1999-000023

ASUNTO TERMINADO POR DESTRUCCIÓN DE OBJETOS
Por cuanto, se observa en la causa Nº. LJ11-P-1999-000023, que corre al (folio 107) consta oficio Nº.9700-230-RCEF-6210 de fecha 23-10-06 suscrito por el ciudadano Lic. Víctor Manuel Labrador Ramírez Comisario Jefe del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas Subdelegación El Vigía del Estado Mérida, donde participa a este tribunal que el arma de fuego, tipo chopo, calibre 38 fue remitida a la Dotación de Equipos Policiales (ARMAMENTO), Caracas según memorando Nº.5664 de fecha 30-09-05 en juicio seguido a los ciudadanos, JOSÉ ANTONIO SANCHEZ FERNANDEZ, ABENIS SANCHEZ URDANETA Y MACARIO SANCHEZ FERNANDEZ, venezolanos, mayores de edad titulares de las cédulas de identidad Nº. 5.731.268, 4.333.847 y 10.683.659, residenciados en el Chivo Estado Zulia quien en sentencia de fecha 21-02-06 que corre a los folios (45 al 47) se decreto el SOBRESEIMIENTO en la presente causa a favor de los ciudadanos ya identificados. En base a las consideraciones antes expuestas, este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Ejecución N° 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: DECLARA TERMINADO EL PRESENTE ASUNTO PENAL , de conformidad con lo previsto en los artículos 479 y 366 del Código orgánico Procesal Penal SE DECIDE. Notifíquese a la Fiscal XIII del Ministerio Público, Notifíquese a la defensa, envíese la misma al archivo para su guarda y custodia una vez conste en el expediente la notificación de las partes. Cúmplase.
EL JUEZ DE EJECUCIÓN Nº 02

Abg. JESUS ORLANDO RONDON CONTRERAS.

La Secretaria.