REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR SEGUNDO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO Y TRABAJO

GADO SUPERIOR SEGUNDO EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y DE MENORES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA. Mérida, veintiséis de octubre de dos mil seis.

196° y 147º

No obstante que la sentencia de fecha 22 de septiembre del presente año, dictada por este Tribunal no es impugnable de inmediato a través del recurso de casación, se dejó transcurrir el lapso previsto al efecto por el artículo 314 del Código de Procedimiento Civil, el cual, según consta del cómputo que antecede, se encuentra vencido, y no habiéndose interpuesto tal recurso ni solicitado aclaratorias o ampliaciones de la referida decisión, se acuerda bajar el presente expediente al Juzgado de la causa a los fines legales consiguientes.


El Juez Provisorio,


Daniel Monsalve Torres

La Secretaria Accidental


Moraima Dugarte de Rivas



En la misma fecha se remite el expediente al Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, con oficio N° 0429-2006, salida N° 118, constante de 113 folios útiles.

La Secretaria Accidental,


Moraima Dugarte de Rivas