JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DEL TRANSITO Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA.- El Vigía, treinta y uno de octubre de dos mil seis.
196° y 147°
Vista la solicitud de que se decrete medida de secuestro formulada por la ciudadana MERCEDES DOLORES SALINAS DE GONZALEZ, asistida por el abogado JOSE RAFAEL UZCATEGUI RIVAS, en el libelo de la demanda, y por considerar que no se encuentran llenos los extremos exigidos por la Ley, este Juzgado de Primera Instancia del Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, niega la solicitud de que se decrete medida de secuestro. Ábrase cuaderno de medida de secuestro, y encabécese con original del presente decreto. Así se decide. De conformidad con el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, expídase por Secretaría, para su archivo, copia fotostática certificada de la presente decisión.
La Juez Temporal,
Dra. Agnedys Hernández
La Secretaria,
Abg. Ana Thais Núñez Contreras
Exp. Nº 3000.-
amf.-
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