REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS CAMPO ELIAS Y ARICARÍA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA.- Ejido, diecisiete (17) de Octubre del año dos mil seis (2.006).-
196º y 147°
Vencido como esta el lapso para que la parte demandada formulare su oposición y no lo hiciere. Y vista la diligencia suscrita por el Abogado en Ejercicio Álvaro Orlando Moreno, de fecha once de octubre del año en curso; este Tribunal de los Municipios Campo Elías y Aricagua de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que le confiere la Ley, DECLARA FIRME EL DECRETO INTIMATORIO, dándole el carácter de Sentencia Posada en Autoridad de Cosa Juzgada de conformidad con lo establecido en el Artículo 651 del Código De Procedimiento Civil.- CÚMPLASE.----------------------------------- LA JUEZA TEMPORAL,
ABG. MARIA MAGDALENA UZCATEGUI RONDON.
EL SECRETARIO,
ABG. JERRY LARRY SANCHEZ MOLINA
En esta misma fechare cumplió con lo ordenado en el auto anterior. –
SANCHEZ MOLINA SRIO.
MMUR/mb.-
EXP. Nº 2432