REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA. JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS TOVAR, ZEA, GUARAQUE Y ARZOBISPO CHACON DE LA CIRCUNCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA. Tovar, Trece de Octubre de Dos Mil Seis.
196° y 147°
Visto el convenimiento celebrado en fecha 26 de Junio de 2006, que obra al folio 12 y su vuelto y folio 13 del Cuaderno de medidas en el presente expediente, por los ciudadanos NINFA GUILLEN HERRERA, con el carácter de demandante, asistida por los abogados ALBERTO ABDON SANCHEZ y REYES GERMAN CALDERON, por una parte y por la otra LUIS ARMANDO RAMIREZ REY, con el carácter de demandado, asistido por el abogado JOSE EDUARDO BARON PERNIA, identificados y con el carácter acreditado en autos, y por cuanto este Tribunal observa que la misma no es contraria a derecho y versa sobre derechos disponibles, le imparte su homologación de conformidad con el Artículo 263 del Código de Procedimiento Civil y en consecuencia se le da el carácter de Sentencia pasada por autoridad de cosa juzgada, todo ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY. Este Tribunal se abstiene de archivar el expediente hasta tanto conste en autos el cumplimiento de las obligaciones contraídas en el convenimiento celebrado.
LA JUEZA TEMPORAL,
Abg. YANIUSKA OMAÑA GOMEZ.
LA SECRETARIA,
Abg. MARIA Y. GOMEZ C.
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en autos.
La Sria,
Abg. María Y. Gómez C.
Exp. 2006- 1130.
bm.
|