REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE. EXTENSIÓN MERIDA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA. SALA DE JUICIO. JUEZA Nº 02. Mérida, Veintiséis de Septiembre del año dos mil seis.
196 y 147º
VISTA.- El acta de convenimiento suscrita por los ciudadanos LILIANA DEL VALLE TORRES SANCHEZ, venezolana, mayor de edad, soltera, Coordinadora de Turismo en la Alcaldía del Municipio Libertador del Estado Mérida, titular de la cédula de identidad N° 10.712.193, domiciliada en Los Jardines de Alto Chama, Jardín N° 02, casa N° 20, Municipio Libertador del Estado Mérida y ORLANDO ENRIQUE ERAZO PEREZ, venezolano, mayor de edad, casado, docente, titular de la cédula de identidad N° 10.581.393, domiciliado en la Carrera Transandina, San Rafael de Tabay, casa N° 2-7, Municipio Capitan Santos Marquina del Estado Mérida, en su condición de padres y Representantes legales del niño OMITIR NOMBRE, de un (1) año de edad, debidamente asistidos por la Abogada VILMA KARIBAY MONSALVE ALBORNOZ, Fiscal Décima Quinta de Protección del Niño, el Adolescente y la Familia del Ministerio Publico de la Circunscripción Judicial del estado Mérida, a los fines de solicitar la intervención del Despacho en la Homologación ante el Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Ciudad de Mérida, del REGIMEN DE VISITAS, para su hijo al respecto la madre expuso: “ Los fines de semana cada quince (15) días. Orlando Enrique, llevará a nuestro hijo OMITIR NOMBRE, a partir del día viernes a las 06:00 p.m, hasta el domingo a las 6 p.m.,En cuanto a las vacaciones decembrinas serán compartidas en un cincuenta por ciento. El resto de los días festivos o feriados compartidos alternativamente. Durante la semana dos tardes de 03:00 p.m, a 05:00 p.m, Dejando constancia que este régimen se hará progresivamente. Por lo que se establece que durante las primeras de adaptación, Orlando Enrique, buscara a OMITIR NOMBRE, los sábados o los domingos alternativamente previo acuerdo entre nosotros”. Presente el padre del prenombrado niño, ciudadano ORLANDO ENRIQUE ERAZO PEREZ, manifestó: “Estoy de acuerdo con lo expuesto por la madre de mi hijo y solicito la tramitación del presente acuerdo al Órgano Jurisdiccional competente.” Teniendo ésta Acta de convenimiento carácter de Documento Público y no siendo contrario a derecho, ni violatorio de normas de orden público, sino que al contrario beneficia al niño OMITIR NOMBRE, por cuanto mantiene una decisión de las partes de proceder a cumplir una obligación legal y natural. En consecuencia éste TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, de conformidad con el Artículo 387 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente HOMOLOGA el convenimiento suscrito por las partes ciudadanos LILIANA DEL VALLE TORRES SANCHEZ y ORLANDO ENRIQUE ERAZO PEREZ, plenamente identificados en autos, en beneficio del niño OMITIR NOMBRE, da carácter de cosa juzgada y ordena el archivo del expediente Nº 14960 de Fijación de Régimen de Visitas. CÚMPLASE.-
JUEZA TITULAR DE JUICIO Nº 02
ABOG. GLADYS YOLANDA JASPE
LA SECRETARIA TITULAR
ABOG. ELSY GUILLEN RAMIREZ
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto anterior.
La Sría.
JV/14960.-