REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida
Mérida, veintiséis de septiembre de dos mil seis
196º y 147º

ASUNTO : LP21-L-2006-000322


ACTA DE DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO.

N° DE EXPEDIENTE: LP21-L-2006-000322
PARTE ACTORA: IRENE LEONELA ALEJANDRA FLORES
ABOGADA ASISTENTE DE LA PARTE ACTORA: MARÍA ELENA LARA MARCANO, en su carácter de Procuradora Especial de los Trabajadores para el Estado Mérida.
PARTE DEMANDADA: FIRMA PERSONAL MUJER COQUETA DE MONICA CHAMI DRIKHA
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES.

En el día hábil de hoy, veintiséis de septiembre de dos mil seis, siendo las 9:00 de la mañana, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio, ; se deja expresa constancia de que la parte actora no compareció ni por sí ni `por medio de apoderado judicial alguno a la realización de la Audiencia Preliminar, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 196º de la Independencia y 147º de la Federación

LA JUEZA,
MARIANA JOSEFINA APONTE QUINTERO

LA SECRETARIA,




YURAHI JOSEFINA GUTIERREZ QUINTERO




En la misma fecha se publicó la presente decisión y se expidió la copia para su archivo.



SRIA.