REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida. Sede Alterna El Vigía.
El Vigía, diecinueve de septiembre de dos mil seis
196º y 147º
ASUNTO: LP31-L-2006-000173
SENTENCIA
Visto el escrito de transacción presentado en fecha once de agosto de dos mil seis, por los ciudadanos: HELI RINCON, en su condición de parte actora, identificada en autos, asistido por la abogado: LILIBETH ESCALANTE, inscrita en el inpreabogado bajo el N° 118.627, y la apoderada judicial de la parte demandada abogado: PATRICIA ELENA CABRERA MANFREDI, inscrita en el inpreabogado bajo el N° 58.079, mediante la cual exponen que en esa misma fecha, han convenido en una Transacción, en los términos y condiciones expresados en documento presentado por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de esta sede alterna, que corre insertos en su original en los folios 17 al 21 del presente expediente, igualmente solicitan se homologue dicha transacción, este Tribunal, en atención a tal pedimento y una vez revisado el escrito de transacción, por cuanto se observa que la misma cumple con los requisitos exigidos en el encabezamiento del artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo y 10 de su Reglamento, por cuanto versa sobre los derechos discutidos en el asunto, y no vulnera derechos irrenunciables del trabajador ni normas de orden público, HOMOLOGA dicha transacción en los términos expresado por las partes en el referido escrito, dándole efecto de cosa juzgada y ordena el archivo del expediente.
La Juez
Abg. Reina Rondón Graterol
La Secretaria.
Abg. Ivett Aristimuño.
En esta misma fecha se cumplió con lo ordenado en autos expidiéndose copia fotostática certificada de la anterior decisión, agregándose al copiador correspondiente.
La Secretaria
Abg. Ivett Aristimuño
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