JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DEL TRANSITO Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA.- El Vigía, dieciocho de septiembre de dos mil seis.
196º y 147º
Vista la diligencia de fecha 10 de agosto de 2006 (folio 438, segunda pieza), suscrita por el ciudadano JAVIER ANTONIO ARELLANO MENDEZ, asistido por el abogado MARIO ENRIQUE GOMEZ RONDON, mediante la cual solicita el desglose del documento que corre del folio 217 al vuelto del folio 225 del expediente y que se deje en su lugar copia fotostática certificada. Y, por cuanto el Tribunal observa, que el referido documento fue consignado por la abogada ANA ANTONIA ROJAS DE MOLINA, en su carácter de apoderada judicial de la parte demandante, ciudadano TESALIO PEREIRA, mediante escrito presentado en fecha 17 de octubre de 1996 que riela al folio 216, razón por la cual, niega dicho pedimento. Así se decide. De conformidad con lo previsto en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, expídase por Secretaría, para su archivo, copia fotostática certificada de la presente decisión.
La Juez Temporal,
Dra. Agnedys Hernández
La Secretaria Temporal,
Abg. Ana Thais Núñez Contreras
Exp. Nº 1081.-
ragb.-
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