JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA .Mérida, veintisiete (27) de septiembre de dos mil seis (2006).
196º y 147º
Vista la diligencia inserta al folio 26 de fecha veinticinco (25) de septiembre de dos mil seis (2006), realizada por el Abogado ORLANDO ENRIQUE PEÑA AVENDAÑO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-3.032.842,domiciliado en esta ciudad de Mérida y hábil con el carácter de apoderado judicial de la parte actora ya identificado en autos, donde solicita a este Tribunal que por cuanto del acta de ejecución de la medida de secuestro se evidencia que el inmueble objeto del presente juicio se encontraba en total estado de abandono, AUTORIZACION a sus representados para hacer las reparaciones que sea menester y proceder a otorgar un nuevo contrato de arrendamiento sobre un inmueble ubicado en la calle 24, entre Av. 3 y 4 Centro Profesional Ruiz , local comercial planta baja (incluida la mezzanina ) Municipio El Sagrario, Mérida, En consecuencia esta juzgadora considera procedente dicha solicitud, por consiguiente, se acuerda y autoriza al demandante para que ejerza los atributos de la propiedad sobre el referido inmueble, igualmente para hacer las reparaciones necesarias y a partir de la presente fecha , se debe tomar en cuenta que se dejan de computar los cánones de arrendamiento al arrendatario querellado en el presente proceso.
Esta autorización para ejercer los atributos de la propiedad es por un lapso de seis meses mientras se dicta sentencia definitiva en la presente causa, dejando expresa constancia que lo aquí proveído no es vinculante a la sentencia definitiva que debe dictar este Tribunal.
REGISTRES, COPIESE Y PUBLIQUESE
DADO, FIRMADO Y SELLADO EN LA SALA DE DESPACHO DEL JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA. En la ciudad de Mérida a los veintisiete (27) días del mes de septiembre de dos mil seis (2OO6).
LA JUEZ TEMPORAL
DRA. MARIA ELCIRA MARIN OSORIO
LA SECRETARIA TEMPORAL,
ABG. CAROLINA UZCATEGUI BENAVIDES
En la misma fecha se publicó siendo las dos de la tarde. Quedó anotado en el libro diario bajo el asiento Nº 28.-
Sria. Temp.
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