TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA. SALA DE JUICIO. JUEZ Nº 03. Mérida, veinte de Abril del año dos mil siete.

196º y 148º

Revisado como ha sido el presente expediente y por cuanto se evidencia la mayoría de edad de los ciudadanos: NATHALI SANCHEZ ZAPATA y JESUS DAVID SACHEZ ZAPATA, según se desprende de las copias certificadas de las Partidas de Nacimiento signadas con los Nros. 01 y 03, Años 1987 y 1989, insertas a los Folios Nº 4 y 5, expedida por la Prefectura Civil de la Parroquia Santa Apolonia, Municipio Tulio Febres Cordero del Estado Mérida, respectivamente y vistas igualmente las acta de fechas veintiocho (28) de Enero y doce (12) de Abril del año dos mil siete, insertas los folios 47 y 59, en su orden, en la cual los ciudadanos antes mencionados, reciben un cheque de gerencia y se deja constancia que este Tribunal no les adeuda ningún dinero. En consecuencia, de conformidad con lo establecido en el Artículo 2 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente en concordancia con el Artículo 18 del Código Civil Venezolano, este TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, ACUERDA: el cierre del presente expediente Nº 02109, Solicitante (s): SANCHEZ SELLINI JOSE LUIS, Motivo: AUTORIZACION JUDICIAL PARA COBRO, Juzgado: PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DEL EDO. MERIDA. Fecha de Entrada: DIA: 04, MES: DICIEMBRE, AÑO: 2003 y su remisión al Archivo Judicial. CÚMPLASE.
LA JUEZ TEMPORAL DE JUICIO Nº 03.


ABOG. MARIA ISABEL ROJAS DE ECHEVERRIA.

LA SECRETARIA TITULAR

ABOG. ANA LEONOR PEÑA ROJAS.-
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto anterior

LA SRIA
Fcv/2109.-