TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA. SALA DE JUICIO. JUEZ Nº 01. MÉRIDA, veinticuatro de Abril del dos mil siete -


197º y 148º

Revisado como ha sido el presente expediente y vista el acta que obra inserta al folio (79) de fecha 24-04-07, del presente expediente levantada a la ciudadana Villarreal de Rodríguez Maria Angela, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-6.677.761 y a la adolescente OMITIR NOMBRE titular de la Cédula de Identidad Nº V-24.341.466, en la cual solicitan se decline el expediente al Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente del Estado Mérida, con sede en El Vigía, en consecuencia, este TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY; se declara incompetente para seguir conociendo de la presente causa y declina su competencia al Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida con sede en El Vigía, de conformidad con lo previsto en el articulo 453 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente y 60 del Código de Procedimiento Civil. Solicitante: SOSA TAMAYO ANGELA MARGARITA. Niña: OMITIR NOMBRE. Motivo: Medida de Protección. A tal efecto remítase junto con oficio el presente expediente, y déjese copia del mismo en el expediente. CÚMPLASE.-

LA JUEZA TITULAR Nº 01


ABOG. CONSUELO DEL C. TORO DAVILA

LA SECRETARIA TITULAR


ABOG. YELIMAR VIELMA MARQUEZ


En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en le auto anterior.

LA SRIA.
Mj/ 14208