REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE. EXTENSIÓN MERIDA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA. SALA DE JUICIO. JUEZ Nº 01. Mérida, 26 de Abril del año dos mil Siete.
197º y 148º
VISTO.- El convenimiento suscrito por los ciudadanos: CARLY ENAIRA ZAMBRANO DE SANTIAGO Y ALEXIS ORLANDO SANTIAGO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nº V- 12.349.293 y V-12.348.815 domiciliados la primera en: Sector el Ramo, casa s/n y el Segundo en: Cuatro esquinas, sector El Estanquito, San Juan de Lagunillas Estado Mérida, por ante la Defensoria del Niño y del Adolescente del Municipio Libertador del Estado Mérida, de fecha 26 de Marzo del año dos mil siete, quienes convinieron en el caso relacionado con el Régimen de Visitas, a favor de sus hijos los niños OMITIR NOMBRES, de diez y seis (10 y 06) años de edad respectivamente, de la siguiente manera: El padre ciudadano ALEXIS ORLANDO SANTIAGO, podrá buscar a los niños OMITIR NOMBRES, cada quince (15) días, los fines de semana en un lugar previamente convenido por las partes, y se comprometen a mantener las mejores relaciones y a fomentar el afecto reciproco hacia sus hijos. Teniendo ésta Acta de convenimiento carácter de Documento Público y no siendo contrario a derecho, ni violatorio de normas de orden público, sino que al contrario beneficia a los niños, por cuanto mantiene una decisión de las partes de proceder a cumplir una obligación legal y natural. En consecuencia éste TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, de conformidad con el Artículo 385 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente HOMOLOGA el convenimiento suscrito por las partes ciudadanos: CARLY ENAIRA ZAMBRANO DE SANTIAGO Y ALEXIS ORLANDO SANTIAGO, plenamente identificados en autos, en beneficio de los niños, OMITIR NOMBRES da carácter de cosa juzgada y ordena el archivo del expediente. CÚMPLASE.-
LA JUEZA TITULAR UNIPERSONAL Nº 01
ABOG. CONSUELO DEL C. TORO DAVILA
LA SECRETARIA TITULAR
ABOG. ANA LEONOR PEÑA ROJAS
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto anterior.
La Sría.
J m/16449