TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA. SALA DE JUICIO. JUEZ Nº 02. Mérida, Veintitrés de Abril del año dos mil ocho.-
198º y 149º
Vista el acta levantada en esta misma fecha, inserta al folio 22, en la cual el ciudadano BENITO ABAL CASTILLO TORRES, venezolano, mayor de edad titular de la Cédula de Identidad Nº V-16.664.295, manifestó no estar de acuerdo con el monto de la Obligación de Manutención y Bonos Especiales solicitado por su conyugue, ciudadana MARIA LUCINDA SUESCUN CASTILLO, y visto igualmente lo manifestado por la ciudadana Fiscal del Ministerio Publico, Abogada Vilma Karibay Monsalve, en la cual se opone a que sea declarada la presente solicitud, de Divorcio 185-A. En consecuencia, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA: Terminado el procedimiento y ordena el cierre y archivo del presente expediente, de conformidad con el último aparte del Artículo 185-A del Código Civil. CÚMPLASE.-
LA JUEZA TITULAR DE JUICIO Nº 02
ABOG. GLADYS YOLANDA JASPE
LA SECRETARIA TITULAR
ABOG. ELSY GUILLEN RAMIREZ
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto anterior.
SRIA.
EXP. 18584
Fm.-
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