REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE. EXTENSIÓN MERIDA

TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA. SALA DE JUICIO. JUEZA Nº 02. MÉRIDA NUEVE DE ABRIL DEL DOS MIL OCHO.

197º 149º

Vista el acta que corre inserta al folio sesenta y dos (62) levantada a la ciudadana ANGELICA SILVA NUÑEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-5.199.361, en la cual manifiesta que no desea continuar con el procedimiento, por cuanto el padre de su hija el ciudadano NAZIH ABDUL BAGI EL SAADE, de nacionalidad Jordana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº E-591.304 se fue de la ciudad de Mérida y no sabe si está en Venezuela, en consecuencia este TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY da por terminado el presente procedimiento en razón de que no es contraria a derecho y versa sobre derechos disponibles; igualmente, el desistimiento del procedimiento solamente extingue la instancia, pero los solicitantes no podrán proponer otra solicitud antes que transcurran noventa (90) días de conformidad con el Artículo 266 ejusdem, por lo que se ordena el cierre y archivo del expediente Nº 15430. DEMANDANTE: SILVA NUÑEZ ANGELICA; DEMANDADO: NAZIH ABDUL BAGI EL SAADE; MOTIVO FIJACION DE OBLIGACIÓN ALIMENTARIA (OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN); Fecha de Entrada: 26-10-2006. CÚMPLASE.

JUEZA TITULAR UNIPERSONAL Nº 02

ABOG. GLADYS YOLANDA JASPE


LA SECRETARIA TITULAR

ABOG. ELSY GUILLEN RAMIREZ
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto anterior.-
SRIA.
Exp. Nº 15430
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