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REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 
 PODER JUDICIAL
 Corte de Apelaciones Penal del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida
 Mérida, 9 de Abril de 2008
 197º y 149º
 
 ASUNTO PRINCIPAL 	: LP01-P-2008-001482
 ASUNTO 			:
 
 PONENTE:                      DRA. ADA RAQUEL CAICEDO DIAZ
 
 Vista la inhibición planteada por el abogado José Gerardo Pérez Rodríguez, Juez de Primera Instancia en funciones de Control N° 05  del  Circuito Judicial Penal del Estado Mérida,  de conocer en la causa principal N° LP01-P-2008-001482,  seguida en contra de IVAN DARIO MACHADO PAEZ,  en virtud de manifestar que:
 
 <<… ME INHIBO de seguir conociendo de la presente causa, con fundamento en el artículo 86.8 del Código Orgánico Procesal Penal, que refiere a cualquier otra causa, fundada en motivos graves, que afecte su imparcialidad,  por cuanto, el imputado IVAN DARIO MACHADO PAEZ, afirmó haberse asomado por la ventana (día de ayer martes 01-04-2008), en el momento que esperábamos la firma del acta de la audiencia de presentación para la calificación o no de detención en situación de flagrancia, y ver reunidos al Juez con la Fiscal en la planta baja del edificio, y que por ello, presume la falta de imparcialidad del Juez y de la fiscal, lo cual es totalmente falso ya que me encontraba escoltado por tres funcionarios policiales y el Alguacil Mercado aunado a las circunstancias que se han presentado en la presente audiencia, en donde se recusó a los fiscales del Ministerio Público …, además de la interposición de la recusación del Juez, la cual fue declarada inadmisible por improcedente conforme a los artículos 93 y 92 del Código Orgánico Procesal Penal, interponiendo la defensa un recurso de revocación contra la decisión, siendo también declarado inadmisible ya que solo procede contra autos de mero tramite, lo que originó que la defensa intentara desesperadamente un recurso de apelación verbal completamente improcedente, e infundado, para solicitar la suspensión inmediata de la audiencia en donde se notó los ánimos exaltados de la defensa y del padre de crianza del imputado, exigiendo una justicia transparente e imparcial, éstos hechos dieron lugar a una reunión en privado con los abogados y fiscales en donde me sentí afectado en mi animo estaba afecta para continuar conociendo, viendo el desespero de la defensa para interrumpir el acto, mas importante aun es el hecho de que el imputado considere de que quien le juzgue debe ser imparcial, es por este motivo, que para garantizar la transparencia e imparcialidad del proceso.…>>
 
 El Juez inhibido  mediante  acta de inhibición que cursa  al folio dos  (02)  de las presentes actuaciones, señala como causales la contenida en el numeral 8  del artículo 86 del Código Orgánico Procesal Penal; ahora bien considera esta Alzada que la causal invocada por el Juez inhibido esta ajustada a derecho, ya que como se evidencia dicha circunstancia  pudiera comprometer su imparcialidad en caso de conocer en la misma.
 
 En virtud de lo antes expuesto esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR LA INHIBICIÓN, propuesta por el abogado JOSÉ GERARDO PÉREZ RODRÍGUEZ, Juez de Primera Instancia en funciones de Control N° 05, del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida,  conforme a la causal contenida en el numeral  8° artículo 86 del Código Orgánico Procesal Penal, en relación con el artículo 87 ejusdem.
 
 LOS JUECES DE LA CORTE DE APELACIONES,
 
 
 DR. DAVID ALEJANDRO CESTARI EWING
 PRESIDENTE
 
 DRA. ADA RAQUEL CAICEDO DIAZ
 PONENTE
 
 DR. ERNESTO JOSÉ CASTILLO SOTO.
 
 
 LA SECRETARIA,
 
 
 ABG. SOBEYDA  MEJIAS  CONTRERAS
 
 En la misma fecha se publicó, se compulsó, se remitió el presente Cuaderno Separado, al Tribunal de Control  N° 04 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, constante de 12 folios útiles anexo a oficio N° ________________;  y se remitió copia certificada de la presente decisión, al Tribunal de Control N° 05  de este Circuito Judicial Penal, mediante oficio N°  __________________.
 
 
 La  Secretaria
 
 
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