REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida
Mérida, 28 de Abril de 2008
198º y 149º
ASUNTO PRINCIPAL : LP01-P-2007-001184
ASUNTO : LP01-P-2007-001184
Visto el escrito mediante el cual el penado GERARDO JESÚS RODRÍGUEZ RAMÍREZ, solicita se le “… exima de continuar las presentaciones por ante este Circuito…”, debido a que le fue acordada la Suspensión Condicional de la Ejecución de la Pena y tiene que presentarse por ante la Unidad Técnica cada 30 días, este Tribunal a los fines de decidir observa:
En fecha 15 de enero de 2008, este Tribunal mediante auto que obra a los folios 101, 102, 103 y 104, acordó la Suspensión Condicional de la Ejecución de la Pena a favor del mencionado penado, imponiéndole, entre otras condiciones, presentarse cada treinta (30) días, por ante la Unidad Técnica de Apoyo al Régimen Penitenciario, con lo cual automáticamente cesaron las presentaciones que le había impuesto el Tribunal de Control N° 01 al imponerle Medida Cautelar Sustitutiva de la Privación de Libertad, tal y como consta a los folios 25 al 28.
En consecuencia, este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Ejecución N° 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, administrando justicia en nombre la República de Venezuela y por autoridad de la ley, acuerda notificar al penado GERARDO JESÚS RODÍGUEZ, que cesaron sus presentaciones por ante la Oficina de Alguacilazgo de este Circuito y que sólo debe presentarse cada treinta (30) días, por ante la Unidad Técnica de Apoyo al Régimen Penitenciario, como lo ha venido haciendo hasta la presente fecha.
La Juez de Ejecución N° 02,
Abg. Aura Avendaño de Fernández
La Secretaria
Abg. Ana Andrade Villegas
Se libró Boleta de Notificación N° _________________________________
La Secretaria.-
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