REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SÉPTIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL. EXTENSIÓN EL VIGIA.

TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN
FUNCIONES DE CONTROL N° 07
El Vigía, 14 de Abril de 2008
197º y 149º

ASUNTO PRINCIPAL : LP11-P-2008-001023
ASUNTO : LP11-P-2008-001023


AUTO ACORDANDO ORDEN DE ALLANAMIENTO
Recibida como fue la presente solicitud, procedente de la Fiscalía Sexto del Ministerio Público, se le dio entrada y el curso de ley; en la cual la ABG. SOELY BENCOMO , en su condición de Fiscal del Ministerio Público, solicita autorización para practicar ORDEN DE ALLANAMIENTO en la siguiente dirección: URBANIZACIÓN PÁEZ, SECTOR 2, CASA N° 32, EL VIGÍA, ESTADO MÉRIDA, donde habita o reside JAVIER FERNANDO VILCHEZ PLATA, titular de la cédula de identidad N° V-16.306.610, de nacionalidad venezolana, de 24 años de edad, nacido en fecha 06-07-83, apodado JAVIER EL MALO, a los fines de UBICAR E INCAUTAR armas de fuego de diferentes calibres y marcas, así como vehículo moto marca Jaguar, de color Negro o Azul oscuro que guardan relación con la causa N° 14-F6-303-08, N° H-815.741, relacionadas con el hallazgo en el Establecimiento Comercial "Cheo Accesorios, C.A", ubicado en el Barrio San Isidro, Avenida 15 con Calle 9, El Vigía, Estado Mérida, del cadáver de una persona del sexo masculino, quien presuntamente fallece a consecuencia de haber recibido varias heridas realizadas por el paso de proyectiles disparados por un arma de fuego, siendo identificado el cadáver como Carlos Hernán Tarazona Santiago, titular de la cédula de identidad N° V-17.663.473 y así mismo se observa que según comunicación N° 9700-230-2395 de fecha 12/03/2008 se recibió el ACTA DE INVESTIGACION PENAL de esa misma fecha, suscrita por el funcionario Inspector Jefe JESUS SOSA, adscrito al Cuerpo de Investigaciones, Científicas, Penales y Criminalísticas, Sub-Delegación El Vigía, donde expone que encontrándose en la sede de su Despacho, recibió una llamada telefónica de parte de una persona adulta de sexo masculino, quien no quiso identificarse por temor a represalias, quien le informo que la persona que cometió el hecho donde falleció el ciudadano Tarazona Santiago, ocurrido en la Avenida 15 con Calle 9 de esta ciudad, fue un sujeto conocido como JAVIER EL MALO, quien huyo del lugar en una moto Jaguar Oscura; motivo por el cual el referido funcionario recabo ante el Área Técnica de ese Despacho que la identificación del ciudadano apodado JAVIER EL MALO es la siguiente: JAVIER FERNANDO VILCHEZ PLATA, titular de la cédula de identidad N° V-16.306.610; por lo cual se inicio la investigación N° 14-F6-303-08, allanamiento éste a practicar por una comisión de Funcionarios adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, Sub-Delegación El Vigía Estado Mérida, al mando del Inspector Jefe JESUS SOSA , en consecuencia, este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL N° 07 DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MÉRIDA, EXTENSIÓN EL VIGÍA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, de conformidad con lo establecido en el artículo 47 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y los artículos 202, 210 y 211 del Código Orgánico Procesal Penal, ORDENA EXPEDIR DICHA ORDEN DE ALLANAMIENTO. Expídase la misma por duplicado a los fines de que una copia sea entregada a quien reside en el lugar o se encuentre en él y de este modo sea notificado, con la advertencia de que los funcionarios actuantes deberán cumplir con todos los requisitos establecidos en los artículos antes mencionados y que dicha orden caduca a los SIETE (07) DIAS contados a partir de la presente fecha. Así mismo, devuélvase la presente solicitud al Fiscal solicitante junto con oficio, por cuanto el Tribunal no tiene más actuaciones que practicar, toda vez que el presente asunto se encuentra en etapa investigativa. Provéase lo conducente. Cúmplase.


JUEZ DE CONTROL N° 07
ABG. CARLOS ALBERTO QUINTERO RIVAS

LA SECRETARIA
ABG. MILAGRO ARANDA VIVAS
En la misma fecha se remitió orden de allanamiento, anexa a oficio N° _____/08 y se remitió la solicitud a la Fiscalía del Ministerio Público anexa al oficio N° _____/08
Conste/Sria