ASUNTO PRINCIPAL : LP11-P-2005-001001
ASUNTO : LP11-P-2005-001001
Visto que consta las resultas del oficio Nº LL11OF02008000407 agregadas a esta causa, de fecha 19 de febrero de 2008, la cual guarda relación con el ciudadano FRANK ALEJANDRO MATERÁN ÁVILA; en su condición de penado, respectivamente, en donde llegaron resultas suscritas por el comisario del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas sub. Delegación El Vigía, Estado Mérida, según oficio Nº 9700-230-ARCEF-1033, de fecha 19-02-2008, informando que se le realizo la Destrucción de las evidencias físicas incautadas en la presente causa, averiguación Nº G-965-672; y Decisión de fecha 26-09-2007, del Tribunal de Primera Instancia en funciones de Juicio Nº 03 Extensión El Vigía, Estado Mérida, Ejecutada por este Tribunal en fecha 19-10-2007. Así mismo este Tribunal Declara Extinguida la Acción Penal, por constar resultas de destrucción de las evidencias físicas. Decretando Terminada la Presente Causa, por no haber más diligencias que practicar. Este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Ejecución Nº 01 en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela. Acuerda: la remisión de las presentes actuaciones a la Oficina del Archivo Judicial del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, a los fines de su guarda y custodia. Regístrese su salida y remítase con oficio. Cúmplase.
LA JUEZA DE EJECUCIÓN Nº 01
ABG. ZOILA NOGUERA
LA SECRETARIA
ABG
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