REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL Y MERCANTIL

JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA. Mérida, dieciocho de Abril del dos mil ocho.

197º y 149º

Visto el desistimiento de fecha 15 de Abril del 2008, (folio 36), hecho por la abogada en ejercicio MARIA AUXILIADORA ALBARRAN, en su carácter de apoderada judicial de la ciudadana FABIOLA MARINA HERNANDEZ OUBERT, parte actora en el presente proceso. El Tribunal homologa el desistimiento del presente procedimiento hecho por la parte actora, de conformidad con los artículos 263 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, da por terminado el proceso, así como el archivo del expediente una vez quede firme la presente decisión. Y así se decide.-
EL JUEZ

ABG. JUAN CARLOS GUEVARA L.


LA SECRETARIA

ABG. AMAHIL ESCALANTE NEWMAN.