TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA. SALA DE JUICIO. JUEZ Nº 01. Mérida, 11 de Agosto del año dos mil ocho.


198º y 149º


VISTA.- El acta levantada en fecha 30 de Julio de 2008 a los ciudadanos: HENRY ANTONIO HERNANDEZ GONZALEZ y LISBETH COROMOTO MALDONADO ROJAS, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nº V-10.259.437 y V-13.524.199, domiciliados el primero en la Av. 6 con calles 18 y 19, Edificio el Arenal, piso 2, apartamento 5.Estado Mérida y la Segunda en Residencias Domingo Salazar, Bloque 04, apartamento 0006, nivel sótano, Estado Mérida, de fecha 05 de Mayo del año dos mil Ocho, quienes convinieron en el caso relacionado con el Régimen de Convivencia Familiar,a favor de su hija OMITIR NOMBRE, de seis (06) años de edad de la siguiente manera: El padre de la niña se compromete a buscar a la niña OMITIR NOMBRE, en la escuela los días viernes a las 11:30 A.M, que es la hora de salida del colegio, ó previo acuerdo entre las partes. Cada quince (15) días, buscándola los viernes a las 11:30 A.M, a las salida del colegio y regresarla al hogar los días domingo a las 6:00 P.M. Las Vacaciones de Carnaval, Semana Santa, Decembrinas serán compartidas equitativamente en partes iguales previo acuerdo entre las partes. Teniendo ésta Acta de convenimiento carácter de Documento Público y no siendo contrario a derecho, ni violatorio de normas de orden público, sino que al contrario beneficia a la niña, por cuanto mantiene una decisión de las partes de proceder a cumplir una obligación legal y natural. En consecuencia éste TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, de conformidad con el Artículo 385 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente HOMOLOGA el convenimiento suscrito por las partes ciudadanos:HENRY ANTONIO HERNANDEZ GONZALEZ y LISBETH COROMOTO MALDONADO ROJAS, plenamente identificados en autos, en beneficio de la niña OMITIR NOMBRE, da carácter de cosa juzgada y ordena el archivo del expediente. CÚMPLASE.

LA JUEZA TITULAR UNIPERSONAL Nº 01


ABOG. CONSUELO DEL C. TORO DAVILA

LA SECRETARIA TITULAR


ABOG. ANA LEONOR PEÑA ROJAS


En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto anterior.


La Sría.
J R/17755