TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL
El Vigía, 12 de agosto de 2008
198º y 149º
ASUNTO PRINCIPAL : LP11-P-2008-002084
ASUNTO : LP11-P-2008-002084
SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA
Vista la solicitud de SOBRESEIMIENTO formulada por la Abogada MARISOL MARGARITA MARTÍNEZ, Fiscal Auxiliar Séptimo del Ministerio Publico de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, de conformidad con lo dispuesto en los Artículos 285 numeral 2 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela, 37 ordinal 15° de la Ley Orgánica del Ministerio Publico, Articulo 108 numeral 7 y 318 ambos del Código Orgánico Procesal Penal, este Tribunal a los fines de emitir un pronunciamiento, observa:
Se da inicio a la presente investigación en fecha 26/08/2001, en virtud de Levantamiento de Accidente de Transito realizado por el funcionario Alex Florido, según acta policial S/Nº, de fecha 26 de agosto del 2001, en la cual deja constancia de accidente de transito ocurrido en carretera panamericana, sector San Rafael, Nueva Bolivia Estado Mérida, entre los vehículos bicicleta sin placas, conducida por el ciudadano Alberto Briceño, y vehículo volswagen conducido por el ciudadano Williams Alfonso Pereira, con saldo de una persona lesionada.
Del análisis de las actas que conforman el presente asunto, se presume la comisión del delito de LESIONES CULPOSAS MENOS GRAVES, previsto y sancionado en el artículo 422 del Código Penal, el cual contempla una pena de arresto de Cinco a Cuarenta y Cinco días, en virtud del acta policial suscrita por el funcionario de transito que levantó el accidente.
Igualmente se observa que hasta la presente fecha la Fiscalía del Ministerio Público no logró determinar el tipo de lesiones que sufrió la victima, ni ha obtenido nuevas diligencias que conlleven al esclarecimiento de los hechos.
En consecuencia, siendo que la ultima actuación practicada fue realizada en fecha 27-08-01, sin que se hayan podido determinar las lesiones sufridas por la victima, mediante Reconocimiento Medico Legal, considera este Juzgado que no existen elementos de convicción suficientes para estimar que el investigado es autor del delito en mención; por lo tanto resulta necesario concluir que el hecho por el cual se inició el presente asunto, no es atribuible al procesado. Y así se decide.
DISPOSITIVA
Con fundamento en lo anteriormente expuesto, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida Extensión El Vigía, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento: ÚNICO: De conformidad con lo dispuesto en el numeral 1 del artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal se decreta el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA seguida contra el ciudadano WILLIAMS ALFONSO PEREIRA ANTUNEZ, venezolano, casado, de 34 años de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-9.746.401, residenciado en: Urbanización Aso Prieto, calle 6 Nº 473, Ejido Estado Mérida, por la presunta comisión del delito LESIONES CULPOSAS MENOS GRAVES, previsto y sancionado en el articulo 422 del Código Penal vigente para el momento de los hechos, en perjuicio del ciudadano ALBERTO BRICENO PACHECO, indocumentado, soltero, agricultor, residenciado en Quebrada de Piedra, Vía Torondoy, casa SIN, Estado Mérida; sobreseimiento que procede al evidenciarse que no se logró atribuir al imputado los hechos objeto de la investigación, por lo cual se considera innecesaria la realización de una audiencia conforme lo previsto en el artículo 323 de la Ley Penal Adjetiva ya que la solicitud Fiscal se encuentra ajustada a derecho. Firme la presente decisión, remítase la causa al archivo judicial para su guarda y custodia. Notifíquese a las partes de la presente Decisión. En caso de que no sean legalmente notificados, Este Tribunal de Control N° 03, acuerda que las boletas de notificación sean publicadas, en las puertas del Circuito Judicial Penal, Extensión El Vigía, de conformidad con los artículos 181 y 183 del Código Orgánico Procesal Penal. Publíquese, Regístrese y déjese copia, Cúmplase.-
JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA PENAL
EN FUNCIÓN DE CONTROL Nº 03
ABG. MAILES R. MARTÍNEZ P.
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