REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN. EXTENSIÓN EL VIGIA.

CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MÉRIDA, EXTENSIÓN EL VIGÍA TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN
El Vigía, 04 de Agosto de 2008
198º y 149º

ASUNTO PRINCIPAL : LP11-P-2005-000082
ASUNTO : LP11-P-2005-000082


AUTO DEL CESE DE MEDIDA DE SEGURIDAD

Visto a los folios 1003 y 1004 la exposición de motivo en el caso del ciudadano ELISEO ZAMBRANO, de fecha 25-07-08, suscrito por la asesora jurídica del IAHULA Abg Grecia Cepeda, quien resalta… “que el paciente no requiere tratamiento médico por parte de la Institución y el diagnostico de trastorno de personalidad disocial. Por lo que solicitamos sea levantada la medida de seguridad que fue otorgada…” Asi como también el acta de fecha 31 del presente mes y año, mediante la cual este Tribunal se constituyó, y todas partes se trasladaron vale decir; Fiscalía del Ministerio Publico representada por la Abg Filomena Buldó; la Defensa Pública Abg Yasmina Pérez, el ciudadano Eliseo Zambrano y su hermana Raquel Zambrano asi como tambien los funcionarios encargados de la custodia del referido ciudadano, el médico psiquiátrico José Adalgi Dávila, en la sede del Ambulatorio Venezuela, en el Departamento de Psiquiatría de la ciudad de Mérida, con el fin de escuchar al médico tratante Dr José Adalgi Dávila, quien ratificó y dio lectura del informe de fecha 29-04-08 ( f, 1006), dando fé que el ciudadano Eliseo Zambrano es un ciudadano normal que no amerita ni ameritó tratamiento psiquiátrico y que el mismo se encuentra de alta, considerando que desde el punto de vista médico no existe criterio para estar hospitalizado. Todo lo cual la Fiscalía del Ministerio Público estuvo al tanto de la situación y manifestó que la responsabilidad era del ciudadano Eliseo Zambrano de comprometerse a portase bien. Por su parte la defensa pública sugirió el cambio de ambiente. Igualmente los funcionarios que lo custodian manifestaron que el problema es de droga y eso es lo que lo perjudica que todos lo querían ayudar y que lo consideran una persona seria y responsable. Mas adelante el ciudadano Eliseo Zambrano replicó entre otras cosas que quería trabajar, ayudar a su mamá y que no quería tener problemas. Por todos los argumentos expuestos y que evidentemente se encuentran insertos en la causa y de la opinión del medico psiquiátrico, lo procedente es que este Tribunal de Primera Instancia Penal en funciones de Ejecución N° 01 ACUERDA DECRETAR EL CESE DE MEDIDA DE SEGURIDAD Y POR ENDE CESA EL APOSTAMIENTO POLICIAL, al ciudadano Eliseo Zambrano Márquez, titular de la cédula de identidad 10.238.001, por considerar que es una persona normal que no presenta problemas psiquiátricos y que las partes así estuvieron de acuerdo.
Remítase con oficio a la Fiscalía y a la Defensa copias debidamente certificadas de los folios 1003 al 1015 y del presente auto. Oficiar al Tribunal de en funciones de Control N°01 del Circuito Penal del Estado Mérida informándole el Cese de la Medida, quien lleva causa con la nomenclatura N° LP01- P-2008-944. No teniendo este Tribunal mas que diligenciar se acuerda remitir las presentes actuaciones al Archivo judicial para su guarda y custodia. Cumplas. Désele salida en los libros respectivos.-




Juez de Ejecución N° 01