REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN. EXTENSIÓN EL VIGIA.


ASUNTO PRINCIPAL : LP11-P-2008-001845

EJECÚTESE DE SENTENCIA

Definitivamente firme como ha quedado la sentencia de sobreseimiento dictada por el Tribunal de Primera Instancia Penal en Funciones de Control N° 04 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, en fecha 10-07-2.008 (folios 17 y 18) a favor de ENDER ENRIQUE CAMARGO, colombiano, titular de la cédula de ciudadanía colombiana Nº 18.958.806, natural de Codazzi, Departamento del Cesar, República de Colombia, nacido el 25-03-1.984, de 24 años de edad, soltero, de profesión u oficio vigilante, domiciliado en el Barrio Sur América, Calle Principal, Casa S/Nº, El Vigía, Municipio Alberto Adriani, Estado Mérida, por la presunta comisión del delito de PORTE ILÍCITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 277 del Código Penal Venezolano, cometido en perjuicio de EL ORDEN PÚBLICO; y recibido como ha sido por éste Despacho el presente asunto penal, este Tribunal de Primera Instancia Penal en Funciones de Ejecución N° 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, ORDENA el siguiente EJECÚTESE. PRIMERO: Se decreta el comiso y la destrucción del siguiente objeto: 1) Un (01) Arma de Fuego, tipo Escopeta, calibre 16, marca Ruger, su superficie presenta restos de pavón negro y oxidación, compuesta por cañón de ánima lisa, de una longitud de 24,8 centímetros, caja de los mecanismos en regular estado de conservación, empuñadura de madera, labrada, barnizada, su sistema de funcionamiento es simple acción, su sistema de disparo es tiro a tiro, sus sistema de alimentación es de retrocarga, se encuentra en regular estado de conservación; dicho objeto guarda relación con la Experticia de Reconocimiento Legal Nº 9700-230-453, de fecha 25-06-2.003, el cual se encuentra en la sala de objetos recuperados del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, Sub-Delegación El Vigía, Investigación y Expediente Fiscal N° 14-F6-729-07. En tal sentido se ordena librar Oficio al Jefe del Cuerpo de Investigaciones, Científicas, Penales y Criminalísticas, Sub Delegación El Vigía, Estado Mérida, a los fines de que remita el arma descrita a la Dirección de Armamento de la Fuerza Armada Nacional a los fines de su destrucción, debiendo ese organismo de investigación informar a este Tribunal sobre lo ordenado, a los fines de proceder este despacho, a enviar el presente asunto al Archivo Judicial para su guarda y custodia. Cúmplase.

JUEZA DE EJECUCIÓN N° 02

ABG. ROSARITO MÉNDEZ BARONE
SECRETARIA